Recreativo

La modificación de los estatutos dará voz y voto a la afición del Recre

  • La Junta de Accionistas aprobará la creación de una asamblea de socios a los que el club presentará las cuentas y los aficionados tendrán poder de veto sobre los elementos identitarios 

Grada del Nuevo Colombino en un partido de la pasada temporada.

Grada del Nuevo Colombino en un partido de la pasada temporada. / Alberto Domínguez (Huelva)

La Junta Extraordinaria de Accionistas del próximo 9 de marzo tendrá junto al carácter económico y administrativo, un calado social histórico. La anunciada modificación estatuaria de la entidad albiazul será presentada para la aprobación de los accionistas. La reforma estatutaria afecta al capítulo III de los estatutos que hace referencia a los órganos de la sociedad. Se añade el artículo 30 que se titula ‘Consultas vinculantes a la afición’.

El consejo albiazul queda sujeto mediante una consulta obligada a los accionistas y los capitanes de la campaña Líberos del Decano acerca de la simbología del Recreativo como el cambio de denominación con la pérdida de “algunas de las palabras que lo forman o el cambio de orden”. Queda igualmente protegidos tanto el escudo “tradicional y centenario” del Decano como la primera equipación. Queda excluida la imagen del patrocinador de turno que es potestad del accionista mayoritario. Tampoco se podrá alterar el himno oficial.

Este mismo artículo deja en manos de la afición y los accionistas la posible retirada de la entidad en cualquier competición oficial así como la ruptura con organismos oficiales y deportivos. En este punto se incluyen también “decisiones que afecten a las relaciones del club con administraciones públicas, instituciones, entidades deportivas y declaraciones de personas non gratas”. El nombre del Nuevo Colombino queda blindado al no poderse cambiar ni alterar el orden. El añadido de un patrocinador a la denominación (nunca su sustitución) queda en manos del accionista mayoritario. El Recre queda fijado al territorio en el octavo punto de este artículo que obliga a consultar a los accionistas y Capitanes del Decano el cambio de la localidad.

En los artículos 31 y 32 se detalla la creación de una asamblea consultiva a la que podrán asistir hasta 800 personas y que tendrá carácter anual. Participarán en la misma “los Capitanes del Decano, los accionistas que sindiquen un mínimo de 20 acciones y 400 abonados de la entidad con prioridad para los 400 de más antigüedad, siempre mayores de edad”. El consejo de administración estará obligado a “presentar un informe de gestión, últimas cuentas aprobadas, presupuesto para la siguiente y cualquier negocio jurídico que se realice sobre bienes inmuebles del club, ya sea venta, arrendamiento, hipoteca o cualquier otro”. Los asistentes, según el artículo 33, tendrán derecho al turno de palabra en la asamblea previa solicitud “con al menos cinco días de antelación”.

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