Huelva

Más de 12.600 autónomos onubenses reciben su prestación extraordinaria

  • La ayuda media a causa de la Covid-19 es de 809,55 euros, la segunda más baja de España

Fachada de la Tesorería de la Seguridad Social.

Fachada de la Tesorería de la Seguridad Social. / Josué Correa

El 46,1% de los autónomos onubenses ha solicitado durante el estado de alarma la prestación extraordinaria ya sea por cese total de actividad o por bajada de ingresos. Así lo confirma la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) a raíz de los datos del sector de mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Se han contabilizado 12.890 solicitudes de los 27.939 afiliados totales que hay en la provincia de Huelva. De las mismas se han reconocido 12.652 prestaciones, mientras que 238 se han rechazado. En total, 7.451 autónomos han recibido su prestación económica debido a su cese de actividad y 5.201 trabajadores la han recibido a causa de una bajada de ingresos. 

Las Mutuas ya han abonado en la provincia onubense más de 22,6 millones de euros, de los cuales 13,4 han estado dirigidos para los autónomos solicitantes por cese de actividad, y el resto para las peticiones correspondientes por bajada de ingresos. Estas cifras son las suma de tres pagos. En el último de ellos, la cuantía total en Huelva ha sido de 10,2 millones de euros. La prestación media ha sido de 809,55 euros, siendo la de la provincia onubense la segunda más baja de Andalucía y de España, sólo por detrás de Almería (804,82). La media del país se sitúa en 897,65 euros. De manera específica, los solicitantes de la ayuda por cese de actividad han recibido de media 741,04 euros y los solicitantes por bajada de ingresos han recibido de media 907,71 euros. 

Esta prestación extraordinaria está destinada a los trabajadores autónomos que han tenido que suspender su negocio o que han visto reducida su actividad en, al menos, un 75% en comparación con el mes natural anterior, según informa AMAT. La referencia para hacer el cálculo es la media de facturación del semestre anterior, salvo para aquellos autónomos vinculados a actividades estacionales, como los acogidos al régimen del mar o el sector agrario, así como los que se dedican al espectáculo, para los que el cálculo se ha ajustado a sus características propias.

Para acceder a esta prestación, los autónomos deben acreditar la bajada de facturación con información contable que lo justifique, presentando la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, del libro diario de ingresos y gastos, del libro registro de ventas e ingresos o del libro de compras y gastos.

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