Huelva

El asesino de Cristina Marin debe indemnizar a su familia con 459.000 euros

  • A los 20 años y 9 meses de prisión, Vasii sumará otros 5 de libertad vigilada tras cumplir la pena

El acusado, a su llegada al Palacio de Justicia de Huelva el pasado 28 de septiembre, escoltado por la Policía.

El acusado, a su llegada al Palacio de Justicia de Huelva el pasado 28 de septiembre, escoltado por la Policía. / Alberto Domínguez (Huelva)

El pasado 28 de septiembre Laurentiu Daniel Vasii admitió ante el jurado popular que asesinó a Cristina Marin, su expareja y madre de sus hijas. Lo hizo tras alcanzar un acuerdo con las acusaciones que le ha reportado una sustanciosa rebaja de la pena (la Fiscalía pedía para él 26 años de reclusión): deberá cumplir 20 años por el asesinato y nueve meses de prisión por el delito continuado de quebrantamiento de condena, ya que una sentencia judicial le impedía acercarse a la víctima cuando le arrebató la vida, el 7 de julio de 2018 en Lepe.

El jurado popular emitió su veredicto unánime hace una semana y media, declarándolo culpable de los delitos que se le imputaban. Ahora Huelva Información ha tenido acceso en primicia a la sentencia del caso, rubricada por al magistrada presidenta de la Sección Tercera de la Audiencia onubense, Carmen Orland.

En ella se detalla que ha quedado "expresamente probado" que Vasii –nacido en Rumanía en septiembre de 1985– había mantenido "una relación sentimental durante años con Cristina Marín, de 24 años de edad, y tenían dos hijas de cinco y tres, a la fecha de los hechos".

Se recuerda que él había sido condenado (el 18 de junio de 2018, unos días antes de los hechos) por el titular del Juzgado de Instrucción 3 de Ayamonte "como autor de delito de amenazas de género con la prohibición de aproximarse a Cristina Marin y de comunicarse con ella por tiempo de dos años, siendo requerido personalmente de ello".

A pesar de todo, "siguió manteniendo contacto con Cristina y así, entre el 30 de junio y el 7 de julio de 2018, realizó unas 78 llamadas de teléfono desde su línea telefónica" al móvil de la víctima, llegando a acudir a su domicilio, en la calle Méndez Núñez de Lepe, "en varias ocasiones".

El procesado no podrá disfrutar de la patria potestad de las dos hijas que tuvo con la víctima

El día 7 de julio, el acusado se presentó en la casa donde Cristina vivía con sus hijas a primera hora de la mañana. "Con intención de matarla, la golpeó y le propinó múltiples cuchilladas en zonas vitales que le causaron la muerte", consta en la resolución judicial.

Tal y como concretó el jurado en el objeto del veredicto, "atacó a Cristina por sorpresa, excluyendo su posibilidad de defensa, y empleó hasta tres cuchillos distintos que fue utilizando a medida que se rompían, y propinó múltiples cuchilladas y golpes a Cristina, aumentando así deliberada e innecesariamente su dolor y sufrimiento".

El relato culmina con la apreciación de que el encausado "realizó esta conducta tras la ruptura de la pareja, actuando por razones de género". Asimismo, se añade que en el "acto del juicio Laurentiu Daniel Vassi reconoció los hechos, colaborando así en el esclarecimiento de los mismos".

La cuantía de la indemnización de perjuicios materiales y morales que el asesino de Cristina debe pagar a su familia se eleva a 459.000 euros: 135.675 euros para cada una de las pequeñas que tenían en común, 84.420 euros para cada uno de los progenitores de la víctima, y otros 18.843 euros para su hermana. Al carecer ingresos, no obstante, no podrá hacer frente a los pagos.

Vasii y Cristina Marin, con sus dos pequeñas, meses antes del crimen, Vasii y Cristina Marin, con sus dos pequeñas, meses antes del crimen,

Vasii y Cristina Marin, con sus dos pequeñas, meses antes del crimen, / H. Información (Lepe)

En los fundamentos de derecho, la presidenta de la Sección Tercera enfatiza que los elementos probatorios "son suficientes para afirmar la participación del acusado en la muerte violenta de la víctima y en el quebrantamiento de la orden judicial de no acercarse ni comunicarse con aquella, infringida reiteradamente por el acusado pese a conocerla".

Orland subraya que el veredicto del jurado está "motivado" y que a la "contundente prueba de la admisión de hechos y culpabilidad del acusado se suma la comprobación de que dicho reconocimiento, el contenido esencial de su declaración, viene corroborado con la intervención de los profesionales" que declararon en la vista oral.

Del delito de asesinato, recuerda que se perpetró con ensañamiento, incrementando de forma deliberada e inhumana el dolor de Cristina, y con alevosía, constituida por la "agresión a traición" que se produjo en la vivienda de la víctima. "No parece que fuera posible esperar semejante acometimiento con arma de la expareja por parte de la víctima, que se hallaba en la tranquilidad y recogimiento de su domicilio".

Vasii quedará privado de la patria potestad respecto de sus dos hijas, a las que "ha privado de una madre de 24 años de edad, considerando que este es el mayor daño que un padre puede causar a sus hijas en esta franja de edad en la que todavía no cuentan con autonomía e individuación por encontrarse en la más tierna infancia, donde la figura materna es esencial para su desarrollo físico, emocional y psíquico. No podría así ejercitar una patria potestad en interés de sus hijas quien tan irreparable daño les ha causado", se manifiesta en la sentencia.

Las circunstancias agravantes de parentesco y género se compensan con la atenuante análoga a la de confesión, si bien sí impone la Sala al acusado cinco años de libertad vigilada, que se ejecutarán tras el cumplimiento de la pena de prisión.

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