El sexto juicio de los ERE / Las ayudas a picos Yeyé

La Audiencia juzga sólo a un empresario que recibió 120.000 euros de ayudas de los ERE

Una imagen de uno de los juicios de los ERE.

Una imagen de uno de los juicios de los ERE. / juan carlos vázquez

Mientras la Audiencia de Sevilla resuelve sobre la ejecución de la sentencia del primer juicio de los ERE, en el que fueron condenados a penas de cárcel el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y otros ocho ex altos cargos, continúa el lento desarrollo de los juicios de las más de un centenar de piezas de la macrocausa que aún quedan por juzgar. De esta forma, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha fijado para el próximo 28 de noviembre el inicio del sexto juicio de los ERE, en el que se sentará en el banquillo de los acusados un empresario de Puerto Real (Cádiz) que recibió 120.000 euros para la mercantil Picos Yeyé y Cohollero, dedicada a la fabricación de productos de panadería, bollería y pastelería.

Se trata del segundo juicio en el que sólo está acusado el beneficiario de las ayudas, después de que se haya acordado precisamente la exclusión de los ex altos cargos que fueron enjuiciados en la denominada "pieza política" de los ERE, relacionada con el "procedimiento específico" que se mantuvo durante una década para el pago de las ayudas. En junio pasado, el mismo tribunal enjuició a otro empresario por las ayudas de 147.913,72 euros que recibieron Nerva Croissant y Desarrollos Tecnoalimentarios Nerva, si bien aún no se ha dictado la sentencia.

El empresario que va a ser enjuiciado ahora, J. B. C., y que se enfrenta a una petición de la Fiscalía Anticorrupción de dos años y nueve meses de prisión, solicitó con fechas 1 y 3 de julio de 2008 a la delegación provincial de Empleo en Cádiz un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para la suspensión de los contratos de nueve trabajadores de la plantilla por causas productivas, la finalidad era suprimir uno de los tres turnos de fabricación por "falta de pago de las facturas de su principal cliente, la paralización inmediata de los pedidos pendientes de fabricar y la necesidad de reducir la producción", según recoge el Ministerio Público en su escrito de conclusiones provisionales.

La Fiscalía considera que el empresario, "sabedor de que podía obtener fondos públicos de la Junta de Andalucía al margen de los procedimientos legalmente establecidos, consiguió que el director general de Trabajo y Seguridad Social beneficiara injustamente a la mercantil Picos Yeyé Cohollero con una ayuda de 120.000 euros".

Dice el fiscal que el entonces director general de Trabajo Juan Márquez, contraviniendo "de forma clamorosa los intereses generales" y sin que llegara a acreditarse en ningún caso el fin público de su aplicación, concedió la ayuda "con el consentimiento y beneplácito" de sus superiores el viceconsejero Agustín Barberá y el consejero Antonio Fernández. Así, "sin tramitarse expediente alguno, ni siquiera solicitud de la ayuda por parte de la mercantil beneficiaria, el 30 de diciembre de 2008 Juan Márquez, a sabiendas de que el dinero público procedente del programa presupuestario 31L no iba a ser controlado por órgano fiscalizador alguno", suscribió un convenio de colaboración con la agencia Idea para otorgar las ayudas a los trabajadores de la empresa Picos Yeyé Cohollero.

La ayuda, continúa, se concedió "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido para la concesión de subvenciones, con una clara subversión de los principios y normas que disciplinan el régimen jurídico de las subvenciones y la ayudas públicas reguladas" en la ley general de la Hacienda Pública de Andalucía y la ley general de Subvenciones, tales como la publicidad, libre concurrencia y objetividad, pues "no constan aprobadas ni publicadas las bases reguladoras para su otorgamiento ni la publicación del convenio o la ayuda en el BOJA".

"Disposición libérrima" de los fondos públicos

"La disposición libérrima de los fondos se hizo sin la fiscalización previa del expediente conforme al decreto por el que se aprueba el reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía y sin ajustarse a los límites establecidos para la asunción de compromisos de carácter plurianual, y en definitiva, de forma arbitraria, privando a otras mercantiles no ya de poder percibir estas cantidades de fondos públicos, sino de poder solicitarlas y concurrir a su concesión acreditando la necesidad socioeconómica habilitante de su percepción".

El empresario acusado, concluye la Fiscalía, era conocedor de que en la decisión y disposición de los fondos de la Junta de la que se iba a beneficiar Picos Yeyé "se habría prescindido injustamente del procedimiento legalmente establecido" y "ni manifiesto ni acreditó si estaba al corriente de sus obligaciones tributarias, de las que de hecho no estaba, ni con la Seguridad Social, ni si era deudor de la misma por cualquier otro ingreso de derecho público".

Después de que estallara el caso de los ERE, en concreto el 17 de abril de 2012, el entonces consejero de Empleo Manuel Recio, acordó el inicio del procedimiento de revisión de oficio de esta ayuda, y en noviembre de ese mismo año, la consejería de Economía de la Junta declaró la nulidad del convenio suscrito entre la dirección general de Trabajo y la agencia IDEA, y se acordó la devolución de los 120.000 euros "indebidamente percibidos", requiriendo a la empresa para que ejecutar su pago en el periodo voluntario "sin que conste que la empresa haya efectuado el reintegro".

La Fiscalía acusa al empresa de cooperador necesario de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos y reclama una condena de dos años y nueve meses de prisión, así como que indemnice a la Junta de Andalucía con 120.000 euros en concepto de responsabilidad civil, una cantidad de la que también hace responsable subsidiariamente a Picos Yeyé.

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