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El Ayuntamiento de San Juan del Puerto abre una oficina de atención ciudadana para los daños ocasionados por Bernard

Destrozos en San Juan del Puerto

Destrozos en San Juan del Puerto / M.G (San Juan del Puerto)

La alcaldesa Rocío Cárdenas, ha informado de la apertura de una oficina de atención ciudadana que reúna todas las incidencias y hechos ocasionados por la borrasca Bernard el pasado 22 de octubre. Atenderá al público desde este próximo lunes 30 y estará operativa hasta el 22 de noviembre en el propio Ayuntamiento, de lunes a viernes en horario de 10:30 a 13:00, teléfono 635-294865.

Las rachas de viento superaron los 100 km/h en la capital y en los municipios circundantes, las abundantes lluvias recogieron hasta 84 litros en San Juan del Puerto. Según datos de la Agencia Estatal de Meteorología, en ningún otro punto de la región se recogió más agua. La virulencia del temporal se tradujo en más de 200 incidencias registradas por Emergencias 112 debido al fuerte temporal, que a partir de las 15:00 horas se intensificó, concentrando el mayor número de avisos a partir de esa hora, sobre todo en la capital onubense, pero con mucha incidencia también en San Juan del Puerto.

Por todo ello, y con el ánimo de apoyar a la ciudadanía en los daños sufridos y evitar el riesgo de posteriores infortunios, la alcaldesa Rocío Cárdenas ha informado de la apertura de esta Oficina de Información en el Ayuntamiento que atenderá a todos los ciudadanos que lo necesiten, a fin de que puedan acceder a las ayudas previstas para estas circunstancias.

La primera edil ha remarcado que las ayudas que el gobierno está habilitando se clasifican en ordinarias y extraordinarias. Si las ordinarias cuentan con un plazo de un mes desde los hechos para su solicitud, los modelos para presentarlas y el correspondiente asesoramiento lo podrán recibir a partir del lunes en esta oficina, las segundas, las extraordinarias, serán decretadas por el Gobierno en los próximos días, e informadas por este Ayuntamiento por los canales y medios oficiales.

Las ayudas ordinarias se recogen en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica. El plazo es de un mes a contar desde el 23 de octubre y el lugar la Delegación o Subdelegación del Gobierno o lugares del artículo 16 L.39/2015. En ellas se incluyen también las que solicite las Corporaciones Locales por gastos de emergencias.

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