Huelva

Condenado a 3 años de cárcel por agredir con un objeto cortante a un vecino en Huelva

  • El acusado se presentó en la Comisaría de Policía de Almería aunque la sentencia argumenta que "se trata de una confesión tardía"

El condenado se entregó en la Comisaría de Huelva.

El condenado se entregó en la Comisaría de Huelva. / H. I. (Huelva)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a un hombre a tres años de cárcel por agredir reiteradamente con un objeto cortante a un vecino, con el que había tenido desavenencias anteriores, en el transcurso de una discusión. El Alto Tribunal andaluz estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que lo condenaba a dos años de prisión por un delito de lesiones tras aplicarle las atenuantes de reparación del daño y confesión.

El alto tribunal, a petición de la acusación, considera que no son de aplicación los mismos, por lo tanto eleva la pena de prisión en un año. Con respecto al atenuante de reparación del daño, aplicado porque el condenado consignó antes del juicio 1.000 euros para hacer frente a posibles responsabilidades, el TSJA cree que no es de aplicación pues "la cantidad consignada representa menos del 5% de la indemnización total y solo supera en ese mismo porcentaje una mensualidad"; se trata pues, "de una reparación mínima, en términos absolutos y relativos, objetivos y subjetivos, que no justifica una disminución del reproche penal".

En cuanto al de confesión, entiende que aunque "el acusado se presentó en la Comisaría de Policía de Huelva el día 18 de marzo de 2019, tras tener conocimiento de que la policía lo está buscando, manifestando ser el autor de los hechos", esa confesión tardía "no reúne los requisitos de utilidad y veracidad para poder dar lugar a una atenuación de la responsabilidad del autor, ni siquiera por vía analógica".

Se considera probado que la noche del 15 de marzo de 2019, en el barrio del Parque de la Luz en Huelva, el condenado, por razones no acreditadas y desavenencias anteriores inició con su vecino una discusión en el curso de la cual, y con ánimo de menoscabar su integridad física, le agredió con un objeto cortante en varias zonas del cuerpo. Le ocasionó heridas incisas en la cara, el torso, la mano y la mano de las que fue asistido en ambulancia en el lugar de los hechos y posteriormente en el hospital Juan Ramón Jiménez.

Además de la pena de cárcel se le prohíbe aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y a comunicarse con él por cinco años, así como que lo indemnice en la cantidad de 980 euros por las lesiones y 20.000 euros por las secuelas

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios