Sentencias

Sancionado un militar de la UME a 20 días de arresto por organizar fiestas con mujeres y alcohol

Un militar de la UME lucha contra un fuego.

Un militar de la UME lucha contra un fuego. / E. P.

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 20 días de arresto impuesta a un soldado de la Unidad Militar de Emergencias (UME) por haber organizado fiestas con mujeres y alcohol cuando se hallaba en las Islas Baleares en una misión de apoyo para luchar contra los incendios.

La sentencia del Alto Tribunal recoge que el militar  fue sancionado por una resolución del Teniente General Jefe de la Unidad Militar de Emergencias (UME) el 16 de agosto de 2021, por el que se le impuso la sanción de veinte días de arresto en establecimiento disciplinario militar, como autor de una falta grave consistente en "Agredir, promover o participar en riñas o altercados con compañeros que puedan deteriorar la convivencia en la unidad o en alteraciones del buen orden en el curso de actividades militares o en instalaciones militares, buques, aeronaves o campamentos, o durante ejercicios u operaciones, cuando afecten al interés del servicio", infracción prevista y sancionada en los artículos 7, apartado 28 y 11.2 de la ley orgánica del Reglamento Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS).

El militar recurrió la sanción en los tribunales ante la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central, que ratificó la sanción, en una sentencia que declaró como hechos probados que este soldado del Ejército de Tierra, destinado en el BIEM III de la Unidad Militar de Emergencias, y otros dos militares, otro soldado y un cabo se alojaban en Ibiza en un edificio que había sido cedido por el Consell, en virtud de Convenio suscrito con el Ministerio de Defensa.

Durante el periodo en el que el soldado estuvo en el Destacamento, tuvo acceso al complejo y a las instalaciones cedidas a la UME, "sin contar con la debida autorización personal civil (femenino y masculino) ajeno a dicha Unidad, desarrollándose reuniones con dicho personal civil hastaaltas horas de la noche, en las que participó el soldado, y singularmente en la madrugada del 4 al 5 de septiembre de 2020". Este día, prosigue el fallo, accedió a las instalaciones diverso "personal femenino, produciéndose quejas por parte del personal del Centro de Menores próximo a dichas instalaciones, por ruidos y música alta, hasta altas horas de la madrugada, lo que incluso llegó a originar que algún menor internado en dicho Centro pusiese en conocimiento del personal de seguridad dichos hechos al no poder dormir por los ruidos, llegando a decir que si había ruidos por relaciones sexuales; de igual modo se organizaron reuniones con personal civil, en las que se ingería alcohol careciendo de autorización, de modo que como consecuencia de esta ingesta el alcohol no se encontraban en condiciones de conducir los vehículos de servicio, observándose por el vigilante de seguridad al soldado orinar en la puerta de entrada al edificio".

Asimismo, el personal civil hacía uso del "token" que los encargados de seguridad habían facilitado a los militares de la UME para acceder a las instalaciones, que era "personal e intransferible". En relación con estos hechos "(las reuniones con personal femenino y masculino, con ingesta de alcohol y con música en el interior de las instalaciones del Destacamento), si bien no resulta acreditado que fuese el soldado quien introdujera al mencionado personal civil, sí que participó", añade el fallo.

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