Ayamonte será declarada Municipio Turístico de Andalucía
La Junta aprobará en unas semanas la catalogación la localidad con esta distinción

Ayamonte/La localidad de Ayamonte avanza en su declaración como Municipio Turístico de Andalucía. La localidad está dando los últimos pasos administrativos en este procedimiento y será en las próximas semanas cuando el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía oficialice la distinción y añada este municipio de Huelva a los 35 que ya ostentan esta catalogación. De esta manera serán siete las localidades onubenses que cuenten con esta distinción pues Ayamonte se sumará a Almonte, Aracena, Cartaya, Lepe, Punta Umbría e Isla Cristina.
Así se lo ha comunicado la delegada territorial de Turismo de la Junta en Huelva, María Ángeles Muriel, a la alcaldesa de Ayamonte, Natalia Santos Mena, en una visita que ha realizado al municipio. La responsable territorial ha felicitado al Ayuntamiento por esta próxima designación después de que la solicitud pasara la pasada semana por el Consejo Andaluz del Turismo con informe favorable. En este sentido, Muriel ha destacado que la localidad “cumple sobradamente con los requisitos solicitados para la obtención de este reconocimiento”.
Muriel ha destacado “sus siete kilómetros de playas, los vestigios que aún conservan sus calles, sus marismas, su desembocadura del Guadiana, sus fiestas, o su rica gastronomía como algunos de los atractivos que han hecho de Ayamonte una cita obligada en la agenda de los viajeros y que hacen que la localidad, fronteriza con Portugal, merecedora de esta distinción”.
“La consideración de municipio turístico permite mantener y mejorar la calidad de algunos de nuestros destinos más reconocidos para que sus servicios esenciales no se resientan cuando su población se duplica o triplica en determinadas épocas del año”, ha indicado la responsable de Turismo de la Junta en Huelva.
La declaración de Municipio Turístico de Andalucía puede ser solicitada por aquellas localidades cuya población de derecho no sea superior a cien mil habitantes, en las que concurran, entre otros, requisitos como que el número de pernoctaciones diarias en media anual en los establecimientos de alojamiento turístico sea superior al diez por ciento de vecinos del municipio, según las cifras del padrón municipal declaradas oficiales en el momento de la solicitud o que se alcance este porcentaje durante al menos tres meses al año, computándose para ello la media diaria mensual. O como que el número de visitantes sea al menos cinco veces superior al de vecinos, repartidos los primeros en al menos más de treinta días al año.
El municipio debe, además, acreditar que posee un plan municipal de calidad turística y de una oferta consistente que se base en recursos patrimoniales, naturales, culturales, etnográficos, deportivos o de ocio, y que cuente con unas infraestructuras mínimas para atender a sus visitantes.
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