CINTA / ORTEGA

La Constitución y la religión católica

PUEDE ser que sea hora de recordar preceptos más que básicos de nuestra Constitución Española. El artículo 1.1 de la misma nos dice que España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho.

La rúbrica del Título I de nuestra Carta Magna no es otra que De los Derechos y Deberes Fundamentales, y en su artículo 10.1 se nos dice: "La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social."

El capítulo segundo de ese Título I , denominado Derechos y Libertades comienza con el artículo 14, diciendo que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón, entre otras, de religión. La sección 1ª de este capítulo segundo lleva la nomenclatura de De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Sección primordial para todos los que vivimos en este estado español que nos alberga. Dentro de esta sección encontramos el artículo 16.1, que manifiesta: "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley". Mientras que este mismo precepto en su párrafo 3 dice: "Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".

En esta misma sección 1ª encontramos el artículo 20.1, que consagra la libertad de pensamientos, ideas y opiniones y en su párrafo 4, se nos dice que estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título y en los preceptos de las leyes que lo desarrollen.

De la conjunción de estos preceptos constitucionales, no citados algunos textualmente por lo reducido de este artículo, se puede apreciar que estamos asistiendo actualmente a despropósitos, que no tienen, permítanme la expresión, ni pies, ni cabeza. Hubo un momento que irrumpieron los bautizos civiles. ¿Qué significado tienen, si el bautizo es el sacramento por el que una persona se incorpora al cristianismo? Pero en estos últimos tiempos venimos asistiendo a espectáculos que verdaderamente son lamentables como esas cabalgatas de reyes laicas que han tenido lugar en este año 2016. ¿Qué es eso? Y ahora se pretenden procesiones como las del 'coño insumiso'. ¿Cuál es la intención, con ello?

Hay tendencias políticas, en teoría progresistas, que no es que lo que pretendan sea que existan cambios sociales para los españoles, de cara a una mejoría de vida de estos, que sería lo deseable, sino que además desconozco por qué pretenden arremeter contra la religión católica, sea como sea, y de verdad que dan miedo expresiones como esa de que "volveréis a arder como en el 36". ¿Por qué ese odio hacia los católicos de personas jóvenes que deberían actuar dentro de esa democracia conseguida en España, con respeto y tolerancia?

Señores, España es un estado laico, baste mirar los artículos que he citado, pero no podemos olvidar la tradición católica existente en el mismo y, guste o no a algunos, es la religión mayoritaria en España. Y los católicos se merecen, porque así lo consagra nuestra Constitución, el respeto dimanante de la misma. Mucho se podría seguir hablando.

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