Huelva

El SAS, obligado a reconocer la carrera profesional de una enfermera eventual de Huelva

  • El fallo judicial, referido a un caso en el hospital Juan Ramón Jiménez, dictamina que se incurre en discriminación

Fachada del hospital Juan Ramón Jiménez

Fachada del hospital Juan Ramón Jiménez / H.I. (Huelva)

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) se ve obligado a reconocer el derecho a la carrera profesional para una enfermera con contrato temporal, así como a abonarle el complemento retributivo que le corresponde. 

El fallo judicial concluye que el SAS está incurriendo en una discriminación por excluir al personal interino o eventual de la carrera profesional y su correspondiente complemento retributivo, según ha informado el Servicio Andaluz de Salud (SATSE), que vuelve a pedir a la administración el reconocimiento de este derecho para el personal temporal, como le están obligando los tribunales. 

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Huelva, contra la que no cabe recurso y que se refiere a una enfermera del Hospital Juan Ramón Jiménez, recalca la discriminación del SAS con el personal interino y eventual frente al personal estatutario fijo

La enfermera en cuestión contaba con una certificación de nivel avanzado de la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía y cumplía con los requisitos para el nivel II de Carrera, pero le fue denegada su solicitud por el SAS por su condición de personal temporal. 

Así, la sentencia concluye que esta decisión de la Administración sanitaria conculca el derecho a la igualdad de trato de la enfermera recurrente y vulnera el artículo 14 de la Constitución Española, al entender que no existen causas objetivas para seguir sin reconocer al personal interinos o eventual el mismo derecho que el del personal estatutario. 

El Sindicato de Enfermería lamenta que la sanidad andaluza es de las últimas que mantiene esta discriminación entre el personal temporal y fijo respecto a los profesionales de otros servicios sanitarios. Dentro del sistema sanitario público andaluz existe disparidad de criterios, ya que la Agencia Sanitaria Hospital Costa del Sol dictó en junio una resolución por la que posibilitaba el acceso al personal interino a la carrera profesional tras diversas sentencias. 

Ante la falta de respuesta del SAS a la petición de aplicar para su personal las doctrinas de los órganos judiciales nacionales y europeos en esta materia, SATSE inició en abril una campaña de reclamaciones para que se reconozca el derecho del personal temporal a acceder a la carrera, campaña en la que se incluye la última sentencia. 

El Tribunal Supremo ha dictado sentencias donde expresamente se declara que no es ajustado al Derecho de la Unión Europea condicionar la percepción del complemento de carrera profesional del personal estatutario temporal al momento en el que obtengan una plaza en propiedad.

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