Los testigos de la demanda contra Casa Diego declararán ante el juez a final de este mes
El juez recoge en el auto que "durante año se ha permitido una actividad prohibida, molesta e insalubre en terreno público" y tilda de "grosera" la "pasividad" del Ayuntamiento de Punta Umbría
Demoledor auto judicial para los chiringuitos en Punta Umbría: investigados el alcalde y la exalcaldesa y el propietario de Casa Diego en La Canaleta
Los testigos de la demanda contra el establecimiento hostelero Casa Diego en La Canaleta de Punta Umbría declararán ante el juez a final de este mes, según se extrae del auto del Juzgado de Instrucción nº 4 de Huelva sobre el procedimiento abierto contra el conocido restaurante. Por tanto, serán los vecinos los primeros en declarar, dado que no será hasta comienzos de octubre cuando lo hagan el alcalde, José Carlos Hernández Cansino, su antecesora en el cargo, Aurora Águeda, y el propietario del negocio hostelero. Pocos días después, ya a finales de octubre, harán lo propio el jefe de la Policía Local y el arquitecto municipal autor del informe técnico de 2021, en el que recomendaba el cierre de todo tipo de establecimientos que careciese de licencia.
Cabe recordar que, como informase este periódico el pasado viernes, el referido auto ordena la citación de Hernández Cansino y Águedo en calidad de investigados por un posible delito de prevaricación administrativa, así como del propietario del restaurante por un posible delito contra el medio ambiente.
Las denuncias fueron interpuestas por las comunidades de propietarios de los bloques 3 y 4 de La Canaleta tras las reiteradas quejas elevadas a la Policía Local y al Ayuntamiento de Punta Umbría por los ruidos continuados e incidencias derivadas de la actividad hostelera, a lo que se suma la falta de permisos para su ubicación y su actividad.
Por el momento, el restaurante Casa Diego tiene suspendidas todas las reservas tanto para la zona de restauración como para Canaleta Beach. "Hasta nuevo aviso quedan anuladas", informó el establecimiento el pasado viernes en una publicación hecha en sus redes sociales.
"Han venido permitiendo una actividad prohibida, molesta e insalubre en terreno público"
El auto firmado por el juez Javier Pérez Minaya el 7 de junio pasado, recoge, tras recabar información de la Policía Local de Punta Umbría, que se constata "la sorprendente situación fáctica de un chiringuito ubicado en la zona de La Canaleta de la playa de Punta Umbría, que carece de concesión para el uso de dominio público marítimo terrestre, y que, por lo tanto (y además), carece de licencia de apertura".
Este hecho, asegura el juez en su escrito, "consta fehacientemente a todas las autoridades locales de Punta Umbría que han intervenido (Policía, Ayuntamiento, alcaldes) y que, sin embargo, han venido a permitir durante años que se desarrolle una actividad prohibida, molesta e insalubre en terreno público, causando ruidos y molestias que perjudican, lógicamente, a vecinos que, viviendo al lado de ese negocio ilegal, ven perturbado su derecho al descanso ante una pasividad de la Administración local que sólo puede calificarse de grosera".
Por esto, apunta el magistrado en el auto, ya en la primera fase de la instrucción "se desprenden indicios" de un posible delito de prevaricación administrativa recogido en el artículo 404 del Código Penal, "atribuible a esos alcaldes que han dictado diversas resoluciones que de manera grosera, evidente y clara obvian la legalidad vigente en aras de un supuesto interés general y público que ellos se reservan la potestad exclusiva de apreciar".
Las penas asociadas a este delito son de "inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años".
También aprecia el juez un posible delito contra el medio ambiente por ruido, según lo recogido en los apartados 1 y 2 del artículo 325 del Código Penal, "del que sería responsable el titular y responsable de la explotación del chiringuito Casa Diego".
El articulado referido contempla para este delito, según los casos, posibles condenas de prisión de entre seis meses y dos años, por un lado, y de dos a cinco años, por otro.
El auto hace mención a diferentes denuncias vecinales ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Punta Umbría recopiladas durante esta fase de instrucción y se abre a recoger más, al menos en los últimos nueve años. Además, se hace referencia a providencias y decretos de Alcaldía de 2019 y 2020, con Aurora Águedo como alcaldesa, así como denuncias y escritos informativos de 2024, ya con José Carlos Hernández Cansino como regidor.
También se hace referencia a un informe del arquitecto municipal, fechado el 19 de febrero de 2021, en el que se recomienda el cierre de prácticamente todos los establecimientos de este tipo en Punta Umbría. "La situación actual de los chiringuitos resulta a todas luces caótica y de compleja resolución, pero lo que es indudable es que los chiringuitos existentes (a excepción del nº 1) carecen de cualquier cobertura legal y se encuentran en funcionamiento sin la preceptiva licencia de apertura". Por ello, se informaba entonces, "la propuesta de estos servicios técnicos no puede ser otra que el cierre de dichos establecimientos por carecer de la licencia de apertura", y se basa para ello en que "en el ámbito técnico no caben consideraciones de otra índole más que la técnica y, como se ha indicado, las cuestiones de carácter social, económico, político, etc, deben quedar al margen de las actuaciones técnicas".
Ante este informe y esta recomendación de 2021 del arquitecto municipal, el juez Pérez Minaya asegura que "no puede decirse que los dos alcaldes no hayan carecido de un informe técnico consistente, claro y acertado que han decidido obviar".
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