Demoledor auto judicial para los chiringuitos en Punta Umbría: investigados el alcalde y la exalcaldesa y el propietario de Casa Diego en La Canaleta
Las denuncias de los vecinos de La Canaleta encuentran respuesta judicial por la presunta ilegalidad del establecimiento, que comunicó anoche la suspensión de sus servicios "por motivos técnicos"
Cansino y Águedo son investigados por un posible delito de prevaricación administrativa continuada, y el propietario del restaurante, por posible delito contra el medio ambiente
Las denuncias vecinales de los últimos años en Punta Umbría por el ruido de los chiringuitos de La Canaleta empiezan a tener respuesta, de un modo contundente y con implicación de los cargos públicos. Un auto del Juzgado de Instrucción nº 4 de Huelva sobre el procedimiento abierto contra el conocido establecimiento hostelero Casa Diego ha ordenado la citación para declarar del alcalde puntaumbrieño, José Carlos Hernández Cansino, y su antecesora, Aurora Águedo, en calidad de investigados por un posible delito de prevaricación administrativa, así como del propietario del restaurante, por un posible delito contra el medio ambiente. El restaurante Casa Diego hizo pública anoche la suspensión de su actividad "por motivos técnicos".
Las denuncias han sido interpuestas por las comunidades de propietarios de los bloques 3 y 4 de La Canaleta tras las reiteradas quejas elevadas a la Policía Local y al Ayuntamiento de Punta Umbría por los ruidos continuados e incidencias derivadas de la actividad hostelera, a lo que se suma la falta de permisos para su ubicación y su actividad.
El auto firmado por el juez Javier Pérez Minaya el 7 de junio pasado, al que ha tenido acceso Huelva Información, recoge, tras recabar información de la Policía Local de Punta Umbría, que se constata "la soprendente situación fáctica de un chiringuito ubicado e la zona de La Caneleta de la playa de Punta Umbría, que carece de concesión para el uso de dominio público marítimo terrestre, y que, por lo tanto (y además), carece de licencia de apertura".
Este hecho, asegura el juez en su escrito, "consta fehacientemente a todas las autoridades locales de Punta Umbría que han intervenido (Policía, Ayuntamiento, alcaldes) y que, sin embargo, han venido a permitir durante años que se desarrolle una actividad prohibida, molesta e insalubre en terreno público, causando ruidos y molestias que perjudican, lógicamente, a vecinos que, viviendo al lado de ese negocio ilegal, ven perturbado su derecho al descanso ante una pasividad de la Administración local que sólo puede calificarse de grosera".
Por esto, apunta el magistrado en el auto, ya en la primera fase de la instrucción "se desprenden indicios" de un posible delito de prevaricación administrativa recogido en el artículo 404 del Código Penal, "atribuible a esos alcaldes que han dictado diversas resoluciones que de manera grosera, evidente y clara obvian la legalidad vigente en aras de un supuesto interés general y público que ellos se reservan la potestad exclusiva de apreciar".
Las penas asociadas a este delito son de "inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años".
También aprecia el juez un posible delito contra el medio ambiente por ruido, según lo recogido en los apartados 1 y 2 del artículo 325 del Código Penal, "del que sería responsable el titular y responsable de la explotación del chiringuito Casa Diego".
El articulado referido contempla para este delito, según los casos, posibles condenas de prisión de entre seis meses y dos años, por un lado, y de dos a cinco años, por otro.
El auto hace mención a diferentes denuncias vecinales ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Punta Umbría recopiladas durante esta fase de instrucción y se abre a recoge más, al menos en los últimos nueve años. Además, se hace referencia a providencias y decretos de Alcaldía de 2019 y 2020, con Aurora Águedo como alcaldesa, así como denuncias y escritos informativos de 2024, ya con José Carlos Hernández Cansino como regidor.
También se hace referencia a un informe del arquitecto municipal, fechado el 19 de febrero de 2021, en el que se recomienda el cierre de prácticamente todos los establecimientos de este tipo en Punta Umbría. "La situación actual de los chiringuitos resulta a todas luces caótica y de compleja resolución, pero lo que es indudable es que los chiringuitos existentes (a excepción del nº 1) carecen de cualquier cobertura legal y se encuentran en funcionamiento sin la preceptiva licencia de apertura". Por ello, se informaba entonces, "la propuesta de estos servicios técnicos no puede ser otra que el cierre de dichos establecimientos por carecer de la licencia de apertura", y se basa para ello en que "en el ámbito técnico no caben consideraciones de otra índole más que la técnica y, como se ha indicado, las cuestiones de carácter social, económico, político, etc, deben quedar al margen de las actuaciones técnicas".
Ante este informe y esta recomendación de 2021 del arquitecto municipal, el juez Pérez Minaya asegura que "no puede decirse que los dos alcaldes no hayan carecido de un informe técnico consistente, claro y acertado que han decidido obviar".
Tanto Hernández Cansino como Águedo han sido citados a declarar en el Juzgado el 8 de octubre próximo, y un día antes lo hará el propietario del establecimiento hostelero. Además, como testigos, han sido citados a finales de este mes de julio los vecinos denunciantes, mientras que en diferentes días de octubre lo harán también el jefe de la Policía Local y el arquitecto municipal autor del citado informe técnico de 2021.
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