Andalucía

Anulan la multa a una mujer por ir en sentido contrario en silla de ruedas

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Málaga ha declarado nula la multa impuesta por el Ayuntamiento de la localidad malagueña de Benahavís a una mujer por ir en silla de ruedas en sentido contrario por una calle. Ana María Pérez fue multada en agosto de 2015, primero con 500 euros, cantidad que posteriormente se rebajó a 200 euros. No obstante, recurrió a los tribunales, pidiendo que se anulara por completo dicha sanción.

Ahora, el magistrado señala en su resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, que las personas discapacitadas que circulan con silla de ruedas -con o sin motor- "tienen consideración de peatones" y firma que "no cabe discusión de que la recurrente no podía circular por la acera", a la vista de las pruebas aportadas.

"Como cualquier otro peatón, podía ir por la calzada", reza el fallo, que añade que no está acreditado que a los peatones en el tramo concreto de la calle donde fue interceptada por los agentes les sea aplicable la prohibición de andar en sentido contrario a la circulación de vehículos". Asimismo, la resolución indica que la mujer incurriría en la infracción que se le achaca "si en concreto no fuera por su derecha, dato que no consta en los hechos probados de la resolución, o no hubiera atendido a la señal de los agentes".

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