Huelva

Los supervivientes del incendio de La Hispanidad piden una indemnización de 922.000 euros

  • La familia reclama al seguro del piso de Salvador Rueda que asuma su responsabilidad en el fallecimiento de Loli, Noelia, Jesús Manuel y Francisco

El salón de la vivienda, donde se originó el incendio de La Hispanidad que tuvo como consecuencia el fallecimiento de dos adultas y dos menores.

El salón de la vivienda, donde se originó el incendio de La Hispanidad que tuvo como consecuencia el fallecimiento de dos adultas y dos menores. / Alberto Domínguez (Huelva)

La noche del día de Reyes de este insólito 2020 dio paso en La Hispanidad a uno de los amaneceres más trágicos que recuerda el barrio onubense: a primera hora de la mañana salía ardiendo el 4º izquierda del número 10 de la calle Salvador Rueda, donde dormían casi todos los miembros de la familia Palma Bravo.

Algunos lograron salvar la vida. Pero cuatro de ellos no pudieron resistir a la inhalación masiva de humo. En las primeras horas del suceso perecieron Noelia Palma (de 24 años), y su hermano Jesús Manuel Kiki (de solo 15). El paso de las jornadas se cobraría dos víctimas más: el bebé Francisco Jesús, de solo unos días e hijo de Noelia, que murió el 15 de enero; y la matriarca de la familia, Loli Bravo, quien aguantó en estado de coma hasta que falleció el 6 de abril pasado.

Ahora los supervivientes, Paco Palma y su hija Patricia, han acudido a los tribunales para reclamar al seguro de la vivienda que los indemnice por tamaña pérdida. Lo hacen de la mano del letrado David Hernández, del bufete De la Rosa & Álvarez Abogados, quien presentó ayer mismo la demanda en reclamación de cantidad por daños y perjuicios, que se eleva a más de 922.000 euros.

Los DNI que la familia pudo rescatar del piso, de tres de los fallecidos en el incendio de La Hispanidad. Los DNI que la familia pudo rescatar del piso, de tres de los fallecidos en el incendio de La Hispanidad.

Los DNI que la familia pudo rescatar del piso, de tres de los fallecidos en el incendio de La Hispanidad. / Josué Correa (Huelva)

En esta, a la que ha accedido en exclusiva Huelva Información, se detalla que el propietario del piso en el que se encontraban las víctimas tenía suscrito un contrato de seguro del hogar con una entidad bancaria de duración anual y pago mensual que se encontraba activo en el momento de los luctuosos hechos.

El representante legal de los damnificados insta a la autoridad judicial a librar oficio a los hospitales Juan Ramón Jiménez de Huelva y al Virgen del Rocío de Sevilla, donde permaneció ingresada hasta su fallecimiento Loli Bravo, "a fin de que remitan historial médico y clínico completo en el que aparezca detalle del tratamiento e intervenciones quirúrgicas practicadas desde que fuese hospitalizada a consecuencia de las lesiones sufridas en el incendio". De este modo se podrá "cuantificar" la indemnización conveniente por su desaparición.

A falta de dicha documentación, que todavía no obra en poder de los demandantes por los impedimentos de la pandemia, Hernández concreta la indemnización en base al sistema de valoración de accidentes de circulación.

Así, solicita que la responsabilidad civil de la aseguradora por la muerte del bebé sea de 110.053 euros; la de su madre, Noelia, de 307.502 euros; la de su tío Kiki, también menor de edad, de 189.617 euros; y la de su abuela, Loli, provisionalmente de 314.915 euros. En total, 922.089 euros, como consta en el documento.

En este se especifica que ya el 27 de febrero las víctimas que sobrevivieron al incidente remitieron el pertinente burofax a la aseguradora, "sin obtener ninguna respuesta", manifiesta a este diario su abogado. "A la vista de ello, a mi representado no le cabe otra alternativa que interponer la correspondiente acción en ejercicio nacido de la propia póliza contratada".

En la demanda se pone de relieve que el origen el fuego fue accidental y que los afectados “se encontraban en el interior de la vivienda en el momento en el que se produjo el incendio; es decir, son terceros de buena fe que han tenido que soportar la realidad del daño”. A ello suma que resulta evidente que “concurren claramente los requisitos constitutivos de la responsabilidad civil en cuestión derivada de culpa extra contractual, que son la acción u omisión culposa o negligente, la existencia o realidad del daño a tercero y la relación de causalidad o nexo causal entre esa conducta y el daño”.

Noelia Palma Bravo, con su novio, Óscar, y su bebé, también fallecido. Noelia Palma Bravo, con su novio, Óscar, y su bebé, también fallecido.

Noelia Palma Bravo, con su novio, Óscar, y su bebé, también fallecido. / M.G. (Huelva)

Hernández explica a este periódico que trabaja en este caso "por responsabilidad social, porque esta familia está en una situación muy delicada y lo ha perdido todo, es la mayor desgracia que he tenido en mi despacho". Asume que el asunto es novedoso y que existe poca doctrina al respecto, al tiempo que enfatiza que "una póliza no puede dejar exenta la muerte de cuatro personas que viven en un hogar ajenas a la propiedad".

En este sentido, el letrado llama la atención a los ciudadanos sobre la relevancia de la cobertura del seguro de hogar, "que puede cubrirte la rotura de un cristal o del inodoro, o del vecino de arriba o del de al lado, pero no de las personas que viven dentro". Entiende que hay que ser más precavidos "con la letra pequeña de los contratos, porque puede pasar que no te aseguren lo verdaderamente importante, que es la vida de tu familia".

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