Impuesto por un vehículo inexistente
Treinta y cinco años después de que su coche quedara siniestro total en un accidente, la Hacienda local le reclama a Isabel García 171 euros por los ejercicios 1999/2000 · Ha tenido que pagar para evitar el embargo
El afán recaudador de las Administraciones pone, en algunas ocasiones, a los ciudadanos ante situaciones en las que se encuentran impotentes. Es el caso de Isabel García, que, treinta y cinco años después de que su coche quedara siniestro total en un aparatoso accidente, ha tenido que hacer frente a dos impuestos sobre vehículos de tracción mecánica correspondientes a los ejercicios 1999/2000, por los que se ha visto obligada a pagar una cuantía de 171,90 euros para evitar el embargo de sus bienes.
García asegura que a lo largo de estos más de treinta años nunca había recibido en su domicilio ningún impuesto relacionado con el vehículo siniestrado. Ha sido ahora, en 2009, cuando, mediante un expediente de apremio, el Servicio de Gestión Tributaria le ha exigido el pago de estos dos únicos impuestos, no constando que queden otros pagos pendientes, dos impuestos de los ejercicios 1999/2000 sobre un vehículo que fue siniestro total en abril de 1974 y desapareció de la circulación. Para García todo esto ha supuesto un varapalo. Aparte de la cuestión económica, ha tenido que desembolsar un dinero que no tenía previsto, este incidente le ha hecho revivir el accidente de tráfico que sufrió con su familia, a consecuencia del cual falleció su hijo Juan Manuel, de ocho años. Recuerda que fueron a Cádiz a ver al Recreativo de Huelva. En el vehículo iban su marido, ella y sus tres hijos (dos niñas y el niño). Al regreso, estaban parados en Sevilla, otro vehículo se quiso poner detrás de ellos, no puso el intermitente y una camioneta lo desplazó a la cuneta y aplastó el vehículo en el que viajaba la familia.
El pequeño quedó gravemente herido y murió a los cinco días. Ella se dio un fuerte golpe en la frente con la luna delantera y el resto de la familia resultó ileso.
Al recibir la notificación del Servicio de Gestión Tributaria, García pensó que se habían equivocado, "porque no tengo vehículo". Se dirigió a la Jefatura Provincial de Tráfico, donde le informaron que este impuesto correspondía a un Renault con matrícula H0875A. Entonces fue cuando se dio cuenta de que se trataba del vehículo siniestrado. De allí fue al Servicio de Gestión Tributaria, donde explicó que ese coche ya no existe, que fue siniestro total en 1974, pero la única opción que le dieron fue "que pagara o me embargaban los bienes. No hay derecho a eso".
No hay argumento que valga para la Hacienda local ni que no exista el vehículo en cuestión, ni que la supuesta deuda haya podido prescribir pasados nueve años desde el ejercicio de 2000, ni que la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica recoja que los vehículos con una antigüedad mínima de 25 años gozarán de una bonificación del 100% de la cuota de los impuestos, es decir, una exención fiscal. El coche, de existir, tendría una mayor antigüedad. García ha presentado una queja ante la Oficina del Defensor del Onubense donde se ha abierto un expediente que ha sido admitido a trámite. Aparte, está estudiando recurrir.
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