Sentencias

Condenas de cuatro años de cárcel por el robo de las botellas de vino de Atrio

Una imagen del juicio por robo de las botellas de vino de Atrio.

Una imagen del juicio por robo de las botellas de vino de Atrio. / efe

La Audiencia provincial de Cáceres ha condenado a cuatro años y seis meses de prisión al hombre y a cuatro años a la mujer, ambos acusados de robar 45 botellas de vino del restaurante Atrio de la capital cacereña. Los condenados como autores responsables de un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público de especial gravedad  deberán además indemnizar conjunta y solidariamente con 753.454 euros. 

La Audiencia considera como hechos probados que los dos acusados puestos de común acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito, decidieron que se alojara la mujer en el hotel Atrio de Cáceres el día 26 de octubre de 2021, lugar que conocían por haber estado previamente planificando el hecho que luego se dirá los días 1 de junio, 13 de junio y 12 de agosto de 2021. 

La reserva fue realizada únicamente por la mujer utilizando un pasaporte falso portando únicamente una mochila que al ser cogida en un descuido de Priscila por un empleado observó que no tenía peso alguno. 

La sentencia indica que posteriormente, se presentó el varón para cenar y alojarse, sin registrarse, en el hotel. Tras cenar en el restaurante sito en el mismo, realizaron una visita guiada a la bodega y luego subieron a la habitación. 

Sobre las 2:10 de la madrugada la acusada llamó a recepción, pidiendo una ensalada e interesándose repetidamente por el tiempo que tardaría en ser servida al único empleado que se encontraba en ese momento en el hotel-restaurante. 

El empleado de recepción, tras negarse a realizar la comanda, manifestándole que se encontraba solo y la cocina cerrada y extrañado por la solicitud, dado que habían cenado un menú degustación de 14 platos, ante la insistencia de la acusada accedió a la petición, indicando que tardaría por lo menos unos 20 minutos en servir lo solicitado. 

El empleado se dirigió a la cocina, momento aprovechado por el acusado, quien se presentó en la recepción donde cogió una llave electrónica con la que acudió a la bodega, no teniendo éxito en su apertura por no tratarse de la llave adecuada. El empleado, tras subir la ensalada, regresó a recepción. 

El acusado desde la puerta de la bodega hizo una llamada a la mujer para que volviera a entretener al recepcionista. De esta forma, momentos después, la acusada reiteró la llamada a recepción, en esta ocasión, para solicitar un postre, a lo que nuevamente el empleado puso reparos, accediendo finalmente a llevarle algo de fruta.

El acusado volvió a la recepción y de una caja cogió la llave maestra número 27, abriendo con ella la bodega, accediendo a la sala de catas donde se apoderó de 45 botellas de vino que guardó en una mochila y dos bolsos de gran tamaño subiendo inmediatamente a la habitación antes del regreso del empleado a la recepción. 

Los acusados abandonaron precipitadamente el hotel sobre las 5:00 horas cargando el varón la mochila a la espalda y los dos bolsos con las botellas, en las que había introducido cuatro toallas del baño de la habitación del hotel para evitar que tintinearan entre ellas, subiéndose a un vehículo, concluyen los hechos probados de la sentencia. El fallo no es firme y contra el mismo cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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