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El convenio del campo de Huelva vulnera la ley, según el TSJA

  • El tribunal estima el recurso de apelación presentado por el sindicato UGT

Una trabajadora del campo recolecta fresa en una finca de Huelva.

Una trabajadora del campo recolecta fresa en una finca de Huelva. / H. Información (Huelva)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) considera que el actual convenio colectivo del campo de Huelva (firmado por Asaja y CCOO) vulnera la ley en relación con los requisitos exigidos a los trabajadores temporales para ser considerados fijos discontinuos y da la razón a UGT que ha pedido la impugnación del mismo.

El TSJA ha estimado el recurso de UGT-FICA contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Huelva para el Convenio del Campo, la cual ratificaba el convenio y lo establecido en cuanto a los fijos discontinuos al entender que su redacción no impedía la aplicación de la normativa legal contenida en el Estatuto de los Trabajadores, y anula su artículo 6.

UGT consideró, sin embargo, que el dicho artículo, que describe la condición de “fijo discontinuo”, incurría en un fraude, por considerar que la exigencia de 236 jornadas reales al año para la adquisición de dicha condición resulta a su parecer “inviable”.

El TSJA anula el párrafo del Convenio Colectivo, en lo referente a los fijos discontinuos al establecer unos requisitos no previstos en la ley para la adquisición de la condición de fijos discontinuos y “abre la puerta para que miles de trabajadores exijan la conversión de sus contratos temporales en fijos discontinuos”.

UGT demandará la constitución de la Comisión Negociadora para negociar de nuevo el convenio y se ha emplazado a los empresarios a aplicar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 950 euros al mes, acordado entre el Gobierno, sindicatos y empresarios.

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