Cancelan todos los conciertos de verano del Restaurante Miramar de Punta Umbría tras el fulminante cierre de Casa Diego
Desde el restaurante esperan "que todo se solucione lo antes posible" y aseguran que, a pesar de todo, seguirán abiertos como servicio de restauración
Demoledor auto judicial para los chiringuitos en Punta Umbría: investigados el alcalde y la exalcaldesa y el propietario de Casa Diego en La Canaleta
Tras el fulminante cierre del chiringuito Casa Diego, ubicado en La Canaleta, en Punta Umbría, otro de los establecimientos más emblemáticos del término costero ha decidido tomar medidas. El Restaurante Miramar, en la Avenida del Océano, ha anunciado a través de redes sociales que "hemos tomado la decisión de anular toda la programación musical de este verano".
Algo que se debe, dicen, "a todos los acontecimientos que están surgiendo en el pueblo y tras la reunión de los hosteleros de la playa con el Ayuntamiento durante el pasado día 9 de julio".
Desde el restaurante esperan "que todo se solucione lo antes posible" y aseguran que, a pesar de todo, seguirán abiertos como servicio de restauración: "Os seguirmos esperando para compartir con vosotros los desayunos y los almuerzos. Así como las cenas de los fines de semana, durante todo el verano. Gracias por vuestro interés y por vuestro apoyo".
Motivo del cierre de Casa Diego
El auto firmado por el juez Javier Pérez Minaya el 7 de junio pasado, recoge, tras recabar información de la Policía Local de Punta Umbría, que se constata "la sorprendente situación fáctica de un chiringuito ubicado en la zona de La Canaleta de la playa de Punta Umbría, que carece de concesión para el uso de dominio público marítimo terrestre, y que, por lo tanto (y además), carece de licencia de apertura".
Este hecho, asegura el juez en su escrito, "consta fehacientemente a todas las autoridades locales de Punta Umbría que han intervenido (Policía, Ayuntamiento, alcaldes) y que, sin embargo, han venido a permitir durante años que se desarrolle una actividad prohibida, molesta e insalubre en terreno público, causando ruidos y molestias que perjudican, lógicamente, a vecinos que, viviendo al lado de ese negocio ilegal, ven perturbado su derecho al descanso ante una pasividad de la Administración local que sólo puede calificarse de grosera".
Por esto, apunta el magistrado en el auto, ya en la primera fase de la instrucción "se desprenden indicios" de un posible delito de prevaricación administrativa recogido en el artículo 404 del Código Penal, "atribuible a esos alcaldes que han dictado diversas resoluciones que de manera grosera, evidente y clara obvian la legalidad vigente en aras de un supuesto interés general y público que ellos se reservan la potestad exclusiva de apreciar".
Las penas asociadas a este delito son de "inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años".
También aprecia el juez un posible delito contra el medio ambiente por ruido, según lo recogido en los apartados 1 y 2 del artículo 325 del Código Penal, "del que sería responsable el titular y responsable de la explotación del chiringuito Casa Diego".
El articulado referido contempla para este delito, según los casos, posibles condenas de prisión de entre seis meses y dos años, por un lado, y de dos a cinco años, por otro.
El auto hace mención a diferentes denuncias vecinales ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Punta Umbría recopiladas durante esta fase de instrucción y se abre a recoger más, al menos en los últimos nueve años. Además, se hace referencia a providencias y decretos de Alcaldía de 2019 y 2020, con Aurora Águedo como alcaldesa, así como denuncias y escritos informativos de 2024, ya con José Carlos Hernández Cansino como regidor.
También se hace referencia a un informe del arquitecto municipal, fechado el 19 de febrero de 2021, en el que se recomienda el cierre de prácticamente todos los establecimientos de este tipo en Punta Umbría. "La situación actual de los chiringuitos resulta a todas luces caótica y de compleja resolución, pero lo que es indudable es que los chiringuitos existentes (a excepción del nº 1) carecen de cualquier cobertura legal y se encuentran en funcionamiento sin la preceptiva licencia de apertura". Por ello, se informaba entonces, "la propuesta de estos servicios técnicos no puede ser otra que el cierre de dichos establecimientos por carecer de la licencia de apertura", y se basa para ello en que "en el ámbito técnico no caben consideraciones de otra índole más que la técnica y, como se ha indicado, las cuestiones de carácter social, económico, político, etc, deben quedar al margen de las actuaciones técnicas".
Ante este informe y esta recomendación de 2021 del arquitecto municipal, el juez Pérez Minaya asegura que "no puede decirse que los dos alcaldes no hayan carecido de un informe técnico consistente, claro y acertado que han decidido obviar".
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