Absuelven a la exalcaldesa de Minas de Riotinto de prevaricación en contrataciones durante sus mandatos

La Audiencia considera que de las pruebas practicadas en el acto del juicio "no ha quedado acreditado para este Tribunal, con la seguridad y certeza que requiere todo pronunciamiento penal condenatorio"

El alcalde de Punta Umbría elude hacer declaraciones tras comparecer este jueves en los juzgados de Huelva por el caso del chiringuito Casa Diego

Rosa Caballero durante su discurso de investidura en 2015. / M.G

La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a la que fuera alcaldesa de Riotinto entre 2011 y 2019, Rosa Caballero (PP), como supuesta autora de un delito continuado de prevaricación del que estaba acusada en relación con distintas contrataciones realizadas en el Ayuntamiento durante sus mandatos.

La causa fue consecuencia de una denuncia del Ayuntamiento de Riotinto, interpuesta una vez que el PSOE llegó al Gobierno municipal, relacionada con el paso a indefinidos de una serie de trabajadores que fueron contratados por obras y servicios prescindiendo presuntamente de cualquier tramitación administrativa.

La exalcaldesa se enfrentaba a una petición de condena de inhabilitación especial para el cargo de teniente de alcalde, concejal o cualquier otro cargo de naturaleza electiva, tanto en el ámbito local como autonómico una participación en el gobierno municipal, autonómico y estatal y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante 12 años.

Sin embargo, en una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la Audiencia considera que de las pruebas practicadas en el acto del juicio "no ha quedado acreditado para este Tribunal, con la seguridad y certeza que requiere todo pronunciamiento penal condenatorio, la comisión por la acusada del delito continuado de prevaricación". Precisa, además, que de las pruebas practicadas "no consta que la contratación de dichos trabajadores fuera ni arbitraria, ni opaca, ni realizada con criterios personalísimos", sino que "actuó asesorada por la entidad Gaudia SL".

Se considera probado, que la acusada durante el tiempo que ejerció como alcaldesa de Riotinto, se procedió por el Ayuntamiento a la contratación de diferentes personas para el desempeño de distintas actividades con cargo del mismo.

Dichos contratos se celebraron entre los años 2011 y 2016 en sus modalidades de obra o servicio determinado o por circunstancias de la producción, de duración determinada, para la realización fundamentalmente de tareas de mantenimiento, limpieza y obras del municipio.

Era la ahora absuelta en su condición de alcaldesa quien firmaba los referidos contratos, sin que consten las resoluciones dictadas en los expedientes sobre contratación, ni el procedimiento de selección seguido, ni la publicidad dada a las convocatorias para cubrir los puestos de trabajo.

Posteriormente, la entidad Gaudia SL, que vino prestando servicios de asesoramiento jurídico y laboral al Ayuntamiento al menos durante los años 2103 a 2018, advirtió a la acusada de "un cierto abuso en la utilización de modalidades contractuales de carácter temporal aconsejando su transformación en contratos de carácter indefinido" lo que se hizo por su parte: uno en el año 2013, quince en el año 2017 y siete en el año 2018.

No consta informe del Secretario del Ayuntamiento de Minas de Riotinto o de los responsables del Área de Recursos Humanos advirtiendo de posibles irregularidades en la contratación de estos trabajadores por omisión de requisitos o trámites esenciales.

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