El juez absuelve a Juan Antonio Millán y al resto de acusados en el caso Hiconsa

Considera que el convenio urbanístico con la empresa es "legal y la selección no fue arbitraria" Junto al exalcalde estaban acusados Migue Novoa, su mujer, un arquitecto y el administrador

Juan Antonio Millán llega al Palacio de Justicia para declarar en la vista oral del caso Hiconsa.
Dani Gómez Cartaya

27 de junio 2015 - 05:01

El juez del Juzgado de lo Penal número uno de Huelva ha absuelto al exalcalde socialista de Cartaya Juan Antonio Millán, a su teniente de alcalde Miguel Novoa, así como a la mujer de éste, a un arquitecto y al administrador de la empresa Hiconsa, al considerar que el convenio urbanístico acordado con dicha empresa es "legal, era procedente, y la selección de esta empresa no fue arbitraria".

Según señala la sentencia, a la que ha tenido acceso Huelva Información, la tasación del terreno "cumple los requisitos legales" y está "ajustada" a los precios de mercado del momento, frente a la tasación presentada por la acusación que se valora como "irreal".

El exedil cartayero estaba acusado por un delito de prevaricación y por otro continuado contra la ordenación del territorio, los mismos que Novoa. Por su parte, sobre el arquitecto recaía un delito de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos, otro de tráfico de influencias y otro de prevaricación; el administrador de Hiconsa, por un delito contra la ordenación del territorio y por otro de tráfico de influencias, y, por último, la esposa de Novoa, por un delito contra la ordenación del territorio.

En el juicio oral, celebrado el pasado 15 de mayo, el fiscal solicitó la libre absolución de los acusados, mientras que el Ayuntamiento de Cartaya (acusación particular) y los denunciantes Juan Miguel Polo (actual alcalde del municipio) y los exediles Miguel Ángel Gea -IU-, Juan Manuel Guerrero -PP- y Antonio Carro -PA- (acusación popular) solicitaron para Millán y Novoa penas de tres años de prisión y 17 de inhabilitación para empleo o cargo público; para el arquitecto, una multa con una cuota diaria de 20 euros, así como penas de suspensión de empleo o cargo público durante 18 meses, inhabilitación para empleo o cargo público durante ocho años, un año y seis meses de prisión y otra multa de 465.022 euros; para el administrador de Hiconsa penas de tres años y seis meses de prisión, multa de 6.114.985 euros e inhabilitación para empleo o cargo público, y, finalmente, para la esposa de Novoa, una pena de dos años de prisión más ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público. En materia de responsabilidad civil pidieron que los acusados indemnizaran solidariamente al Ayuntamiento con 3.057.492 euros por el perjuicio patrimonial causado.

En la sentencia, se condena a pagar las costas procesales a las acusaciones popular y particular, dado que se ha constatado "la creación artificial" de la prueba aportada por la acusación.

El juez considera que las pruebas practicadas en el juicio oral pusieron en evidencia que los acusadores han hecho una utilización "indebida y abusiva del proceso penal" para el ejercicio de unas pretensiones "carentes de cualquier corroboración probatoria".

La sentencia también indica que las licencias que se concedieron a la mujer del concejal de Urbanismo están dentro de la legalidad y no fue una concesión arbitraria, así como que Cartaya no sufrió un perjuicio económico por la venta de los terrenos y que los acusados no obtuvieron beneficio económico o de cualquier otra naturaleza por la firma del convenio.

El juez destaca también el hecho de que en todo este procedimiento municipal intervinieron "de forma activa y decisiva" algunos de los que hoy integran las acusaciones popular y particular.

Sobre la valoración de los terrenos realizada por el arquitecto denunciado, la cual dio origen a la denuncia, el juez la considera "ajustada a la realidad del terreno, a su localización, a sus circunstancias y a los precios de mercado del año 2005", frente a la realizada por otro arquitecto por encargo de la acusación popular (los tres concejales en la oposición), no teniendo "ningún reparo en reconocer que tenía amistad con Miguel Ángel Gea". Según la sentencia, "para la realización de su valoración", éste último "no visitó el terreno" y, además, "en el acto del juicio oral manifestó que utilizó testigos de venta, tras ser leída su declaración en fase de instrucción y reconocer que firmó esa declaración en la que manifestó que no utilizó testigos de venta, de forma sorprendente, en el acto del juicio oral pidió disculpas si faltó a la verdad en la declaración en el Juzgado de Instrucción de Ayamonte".

Este caso se inició a raíz de una denuncia presentada en abril de 2009 por Miguel Ángel Gea (IU), Juan Miguel Polo (concejal no adscrito), Juan Manuel Guerrero (PP) y Antonio Carro (PA), todos entonces concejales de la oposición en el Ayuntamiento de Cartaya, los cuales están personados como acusación popular, por un convenio urbanístico que la empresa Hiconsa firmó con el Consistorio en julio de 2005 para la construcción de un centenar de viviendas en la barriada de El Almendral, junto al centro de la población.

En abril de 2011 este caso fue archivado. No obstante, meses después la Audiencia Provincial decidió reabrirlo al considerar que lo instruido era "insuficiente" para archivar lo, ya que a su parecer faltaban "indagaciones de interés".

La sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación en el plazo de diez días, señala que ha quedado acreditado que el convenio urbanístico se firmó en el año 2005, en cuya aprobación "participaron y votaron a favor quienes, cuatro años después, en base a una tasación carente de toda credibilidad, construyen una acusación de naturaleza penal, obviando la vía administrativa".

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