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El TSJA avala multa 21.000 euros a empresa por sacar agua del entorno de Doñana

  • Se regaron más de 12 hectáreas en el término municipal de Bonares

Uno de los pozos clausurados en el entorno de Doñana.

Uno de los pozos clausurados en el entorno de Doñana. / M. G. (Huelva)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la sanción impuesta por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) a una empresa del entorno de Doñana por extraer ilegalmente aguas subterráneas para el riego de varias fincas.

En una sentencia, el TSJA desestima el recurso interpuesto por la empresa agrícola contra la resolución de la CHG por la que se le imponía sanción de multa de 15.693 euros, la obligación de indemnizar daños al dominio público hidráulico por 4.707,92 euros, y la obligación de retirar en el plazo de un mes todo elemento que haga presumir la explotación de aguas subterráneas y su posterior almacenamiento, por la comisión de una infracción administrativa leve según la Ley de Aguas.

Los hechos imputados consistieron en haber procedido a la derivación de aguas subterráneas para riego de 12,6 hectáreas de frutos rojos, por el sistema de goteo en el sitio denominado Las Acciones y Cañada del Agua en el término municipal de Bonares, sin autorización de la CHG.

Alegaba el recurso vulneración del principio de presunción de inocencia por no estar apoyada la responsabilidad de los hechos con datos objetivos, ya que lo denunciado en las actas de la Guardia Civil no puso ser comprobado en el lugar de la infracción, al no poder acceder los agentes a la finca ya que ésta se encontraba con la cancela cerrada.

Sostiene el TSJA, por contra, que si bien no se pudo acceder a la finca por falta de consentimiento de su titular, "la superficie plantada y el riego pudo comprobarse desde el exterior, sin que sea imprescindible para ello llegar a determinar la ubicación de la captación". También alegaba la empresa la vulneración del principio de proporcionalidad de las sanciones, si bien el TSJA considera la sanción impuesta dentro de la escala inferior de la punibilidad de los hechos

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