Cuenca Minera

El Supremo avala la nulidad de la autorización ambiental de la mina de Riotinto

  • Atalaya Mining considera que "en ningún caso" la sentencia del TS pone en tela de juicio la gestión de la compañía 

Camiones de gran tonelaje cargan mineral en el yacimiento de Riotinto.

Camiones de gran tonelaje cargan mineral en el yacimiento de Riotinto. / H. Información (Huelva)

Un día después de que la compañía presentara el proyecto de modernización y ampliación en la explotación minera de Riotinto, por un montante de 85 millones de euros, el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la nulidad de la resolución de la Junta de Andalucía, que otorgó Autorización Ambiental Unificada (AAU) para el Proyecto Río Tinto (PRT), promovido entonces por Emed Tartessus, reconvertida ahora en Atalaya Mining.

El alto tribunal ha desestimado los recursos de casación interpuestos por la Junta de Andalucía y la empresa contra la sentencia del 19 de septiembre de 2018 de la Sección Primera de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que estimó parcialmente la demanda interpuesta por Ecologistas en Acción.

El motivo para anular dicha AAU reside en que se vulneraron las obligaciones de información y los derechos de participación ciudadana, que obliga a un periodo de información pública después de emitir el informe de compatibilidad ambiental.

El Supremo considera que no puede admitir ninguno de los dos recursos de casación "dado que la cuestión realmente controvertida versa sobre la interpretación y aplicación del derecho autonómico, y por tanto la sentencia del TSJA no ha vulnerado ningún precepto de derecho estatal que pueda ser objeto de revisión por el Alto Tribunal.

El motivo para la anulación es que se vulneraron las obligaciones de información y los derechos de participación ciudadana

Según consta en la sentencia del TSJA, posteriormente al informe, “la empresa Emed Tartessus presentó numerosa documentación que se consideraba imprescindible para la tramitación del expediente sobre suelos contaminados, ampliación del estudio acústico, aclaración sobre escombreras activas y pasivas, autorización de aprovechamientos forestales, estudio específico de afecciones a la Red Natura 2000, adenda al Estudio de Impacto Ambiental, así como la matriz actualizada de valoración de impactos, aplicación de mejores técnicas disponibles en el proceso de deposición de estériles y análisis de alternativas a este proceso, que no han sido objeto de información pública”.

Esto significa, según Ecologistas en Acción, que la AAU del Proyecto Riotinto está anulado, y por tanto la explotación minera no cuenta con la autorización ambiental necesaria para seguir operando".

La anulación de la AAU conlleva de forma inmediata la nulidad de la Resolución de 23 de enero de 2015 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas que autorizó el reinicio de la explotación minera, que está pendiente de próxima sentencia en la misma Sala del TSJA.

Durante toda la tramitación y desde su puesta en marcha en 2015, Ecologistas en Acción ha puesto en duda que el Proyecto Riotinto pueda garantizar la seguridad de sus grandes presas de lodos durante los diez años de vida útil autorizados por la anulada AAU.

Sala del triturado del mineral. Sala del triturado del mineral.

Sala del triturado del mineral. / H. Información (Huelva)

Por su parte, Atalaya Riotinto Minera (Atalaya Mining) sotiene que “en ningún caso se pone en tela de juicio la gestión de las instalaciones mineras e industriales” en la sentencia del Supremo, “en cumplimiento de la ley y las autorizaciones emitidas por las autoridades competentes en materia minera y ambiental incluyendo la AAU”.

En este mismo sentido, el consejero delegado de Atalaya, Alberto Lavandeira, ya dijo el pasado jueves durante la presentación del proyecto de ampliación que esta situación “tiene una solución facilísima” y, en contacto con la Administración, “se va a arreglar sin ninguna duda”.

La compañía, que “acata y respeta” la decisión del TS de no entrar a analizar las razones de procedimiento señaladas por el TSJA, “queda a la espera del dictamen que puedan realizar las administraciones competentes en la materia, especialmente tras las modificaciones al proyecto propuestas por la empresa y que fueron objeto de aprobación mediante una nueva Autorización Ambiental Unificada de 17 de octubre de 2018”.

Cuestiones formales

La empresa recuerda en una nota que la sentencia del TSJA alude a cuestiones formales de carácter administrativo en determinadas partes del procedimiento de aprobación de la AAU del año 2014, como que “no se habían expuesto públicamente una serie de documentos, de entre los cientos que conforman un trámite complejo y largo en el tiempo como es la Autorización Ambiental de un proyecto minero”.

Atalaya entiende que estas consideraciones de carácter formal “no tienen ningún efecto sobre las operaciones actuales ni futuras de la compañía, descartando la propia sentencia la nulidad de pleno derecho de la autorización ambiental”.

La empresa explica que el propio tribunal indica, en resolución previa, que no se apreciaba “una nulidad patente o manifiesta como lo demuestra el extenso procedimiento seguido y que no se acreditan daños o perjuicios de imposible o difícil reparación ya que la AUU por sí misma, no autoriza la actividad minera”.

Así, Atalaya ha lanzado un mensaje de tranquilidad a sus más de 400 empleados y 650 trabajadores de contratas que trabajan diariamente en sus instalaciones, sus socios,contratistas y ciudadanía en general, confiando en que,“ a la luz de las diferentes opciones que ofrece la legislación española y andaluza, se puedan poner en práctica los mecanismos destinados a subsanar ese defecto administrativo sin que esto afecte a la buena marcha de las operaciones”.

Los asesores legales de Atalaya consideran que la Administración andaluza además de cumplir con el fallo de la sentencia del TSJA y corregir los defectos formales de la AAU del 2014, deberá tener en cuenta también en ese proceso, todas las medidas técnicas y ambientales propuestas por la empresa y autorizadas en la AAU del 2018, de tal forma que “se plasme claramente todas las mejoras que en la gestión de las instalaciones mineras e industriales del PRT está desarrollando Atalaya en estos

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