Si yo fuera candidato en alguna lista del PSOE estaría preocupado ante el desembarco electoral del Presidente en la campaña recién comenzada tras el aluvión de medidas previas, casi todas de formulación virtual por incumplirles en su totalidad. Y es que cualquier votante con un mínimo concepto de racionalidad comprenderá, por los contenidos y trayectoria del proponente, que no van más allá de un burdo brindis al sol que está oscureciendo a sus propios candidatos porque en sus afanes egocentristas está obviando el carácter local del evento para tratar de convertirlo en un plebiscito personal.

En la otra parte, la cuestión es similar en cuanto a la presencia del líder nacional pero diferente, pues en este caso, es el perfil bajo opositor de su discurso el que no termina de convencer y se ansía un carácter de campaña más combativo en la oratoria, los mensajes y las propuestas. En una palabra, les gustaría más "ayusismo" electoral. Dicho esto, hay algunas cuestiones no puramente electorales sino de orientación política con muy alto contenido ideológico y en los límites de la ruptura democrática y pérdida de las garantías constitucionales que han de ser consustanciales a un modelo de país alejado de tentaciones caudillistas.

No soy jurista pero leo, escucho y razono tras recibir información fiable. Con ello, me formo una opinión propia y mi primera conclusión es, reconocer la cualificación jurídica de los componentes del TC. El problema es que se pone esa capacitación al servicio de la propia ideología, con lo cual resulta cuestionable la valoración ética de su ejercicio y, en consecuencia, la generación de dudas sobre su imparcialidad, con lo que ello supone de precedente anómalo para la composición y contenidos de cara al futuro del propio Tribunal y las garantías para el bienestar y el equilibrio institucional y democrático de España.

El ejemplo lo tenemos con el dictamen sobre la Ley del Aborto de ZP donde se ha distorsionado el carácter de interpretación de lo normativo para convertirse en "legislador" de manera incorrecta, además de abusiva, al quedar fuera de los contenidos de nuestra Constitución y que, por cierto, no figura en ninguna otra de países democráticos. Es así porque, inspirados en la reciente "constitucionalidad" de la eutanasia, se contempla el "derecho de autodeterminación de una mujer para interrumpir el embarazo" con lo que el TC aumenta de forma, digamos poco ortodoxas, sus funciones resolutivas que solo han de valorar sobre textos legislativos y no sobre tendencias ideológicas. Ello, sin citar, la imposibilidad de objeción de conciencia de los sanitarios o la insuficiencia en la información sobre el proceso a la gestante y la cínica apelación a la dignidad de la persona para negársela a la parte más inocente y débil de la situación planteada, resultando inexplicable, moralmente, que se considere "derecho" la eliminación voluntaria de una vida indefensa.

Por fin, para qué hablar de la objetable imparcialidad de cuatro Magistrados, Presidente incluido que, por sus antecedentes, ¿han actuado como juez y parte?

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