Huelva

La muerte de un mendigo a manos de un menor le cuesta 120.000 euros a la Junta

  • El juzgado considera "negligente" la actuación de la Administración andaluza, que tenía la tutela legal del joven que apaleó mortalmente a la víctima · El chico se había fugado de un centro de internamiento

El Juzgado de Menores de Huelva ha condenado a la Junta de Andalucía a pagar 120.000 euros por el crimen de Pedro Martínez, un mendigo que, en diciembre de 2008, fue apaleado brutalmente hasta la muerte por un menor que estaba bajo la tutela de la Administración autonómica.

El autor del homicidio del sin techo, que saldará la muerte de la víctima con ocho años de reclusión y otros cinco de libertad vigilada, tenía a sus espaldas un amplio historial de fugas (un total de nueve huidas de centros de internamiento en apenas año y medio) que, a consideración de la juez titular, Carmen Orland, dejan ver "la incapacidad de los servicios de protección para hacerse con el menor".

La sentencia acredita en primer lugar que la tutela del menor está en manos de la Junta desde 2006, cuando cesó el acogimiento que tenía la Generalitat de Cataluña (desde 2001) en favor de la Administración andaluza, que emitió posteriormente (agosto de 2007) la correspondiente resolución de desamparo, por la que se privaba al padre de la guarda del menor y se hacía cargo de la misma. "Está claro que los responsables de la custodia del menor eran las entidades tutelares que la tenían atribuida legalmente y venían supervisándolo desde hacía tiempo y se habían mostrado incapaces de controlarlo -remarca el fallo judicial- para que permaneciera en los centros donde estaba prevista su residencia".

La juez rebate la petición de la abogada de la Junta de Andalucía de reducir la cuantía de la indemnización (la letrada llegó a calificar de "desmesurada" esta cantidad bajo la justificación de que Pedro Martínez "vivía en la miseria") y señala que "la facultad de moderación (de la indemnización) se vincula a una situación en la que los responsables del menor, la Junta de Andalucía en este caso, "no hubieran favorecido la conducta del mismo con dolo o negligencia grave".

En la jornada en la que se produjo el crimen (17 de diciembre de 2008), el autor de apaleamiento mortal de Pedro Martínez debía de estar internado pero llevaba 14 días en la calle, conviviendo con su padre (al que la autoridad judicial libera de toda responsabilidad por no tener la custodia) después de haberse fugado del Centro Juan Ramón Jiménez. Ésa fue la última de un rosario de evasiones que comenzó en abril de 2007, cuando el menor se marchó del centro Emaus de Gibraleón en el que había sido internado. Hizo lo mismo poco después en la Ciudad de los Niños y lo repitió en el centro de modificación de conducta Santa Elena de Córdoba, en el que estuvo poco más de un mes (de noviembre a diciembre de 2007). En marzo fue localizado e internado de nuevo en la Ciudad de los Niños, la estancia más corta de todas ya que pocas horas después estaba de nuevo en la calle, y luego le seguirían de nuevo Córdoba (marzo a julio de 2008) y el centro de atención Pérez Galdós de Huelva (del que se fugó dos veces en octubre de 2008 el mismo día del ingreso).

La penúltima evasión fue ante los mismos ojos de su educador y en plena sede del Juzgado de Menores, donde había sido trasladado para declarar por un procedimiento que tenía abierto, del que se marchó sin más. Cuando el menor mató a Pedro Martínez debía haber estado custodiado por la Junta en el Centro Juan Ramón Jiménez, pero también se había marchado. La Junta de Andalucía ha recurrido ya la sentencia.

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