Huelva

El menor matricida de La Antilla tendrá que cumplir seis años de internamiento cerrado

  • La condena es dos años inferior a la solicitada por la Fiscalía, que no descarta presentar recurso de apelación contra la sentencia

El balcón y el portal donde se produjeron los hechos el pasado mes de julio, en La Antilla.

El balcón y el portal donde se produjeron los hechos el pasado mes de julio, en La Antilla. / Jordi Landero (La Antilla)

El menor que el pasado verano mató a su madre en La Antilla ha sido condenado a seis años de internamiento en régimen cerrado en un centro para adolescentes infractores "con tratamiento ambulatorio de salud mental", una pena a la que la jueza de Menores de Huelva le suma otros tres años más de libertad vigilada con asistencia educativa, como consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Huelva Información.

La magistrada lo considera autor de un delito de homicidio doloso, contemplando la agravante de parentesco y la atenuante de confesión, puesto que desde el inicio del procedimiento asumió su responsabilidad en el matricidio.

La condena que tendrá que cumplir es dos años inferior a la que solicitaba la Fiscalía de Menores. La acusación pública pedía además que se le impusieran otros cinco años de libertad vigilada. Esta discrepancia ha hecho que el Ministerio Público esté valorando seriamente presentar recurso de apelación contra la resolución judicial, como han indicado fuentes fiscales a este periódico, si bien todavía no hay nada decidido.

Ha quedado probado que "agarró a su madre por el cuello, presionando hasta causarle la muerte por asfixia"

En la sentencia del Juzgado de Menores de Huelva se da por probado que el menor expedientado se encontraba pasando las vacaciones estivales en la segunda residencia familiar de La Antilla. Fue sobre las 15:00 del 19 de julio de 2020 cuando "se inició en el salón de la casa una discusión verbal entre el joven y su madre, en el curso de la cual, y ante la negativa por parte de la madre de acceder a las pretensiones de dejarlo marcharse al domicilio donde residían el resto del año, le arrebató el teléfono móvil y lo arrojó por la ventana". A continuación, "agarró a su madre por el cuello, sabiendo que con esta conducta causaría el fallecimiento, presionando hasta causarle la muerte por asfixia".

El adolescente, de 17 años el día de autos, "trasladó el cuerpo de la fallecida a la habitación de esta para que el perro no la viera y, tras preparar unos cubos con agua y comida para el perro, se fue a su habitación con el referido animal, donde transcurrido un tiempo, a las 16:26 de esa tarde, llamó a su psicóloga y le manifestó que había matado a su madre".

La profesional, auxiliada por una amiga, pudo contactar con los familiares de la víctima y con los servicios de emergencia mientras continuaba hablando con el infractor.

Cuando los efectivos de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil se personaron en el piso, el expedientado "comunicó a los agentes que había matado a su madre y, si bien en dependencias policiales se negó a declarar, en la Fiscalía reconoció que la había matado".

La jueza destaca la frialdad del joven y su reacción “absolutamente desproporcionada”

Lo que no queda acreditado, a juicio de la magistrada, es que en el momento de los hechos el autor del crimen tuviera afectadas total o parcialmente sus facultades volitivas o cognitivas.

Ya en los fundamentos de derecho de la sentencia, la autoridad judicial precisa que se destaca como prueba incriminatoria principal la confesión del acusado, quien afirmó en la audiencia que "empezaron a discutir y ella me ignoraba, estaba con el móvil y le dijo que lo denunciara, que iban a archivar la denuncia, y él perdió el control y cogió el móvil y se lo tiró por el balcón... y cuando se levantó la cogió por el cuello, forcejearon y acabó ocurriendo todo, falleció".

Dicha prueba está corroborada por otras como el informe de la autopsia. La titular del Juzgado de Menores señala que la mecánica del homicidio, por estrangulamiento, "a criterio de esta juzgadora excluye cualquier consideración de comisión imprudente, toda vez que se trata de un modo de obtención del resultado de muerte en el que es necesario un comportamiento mantenido en el tiempo".

Los propios forenses indicaron que el estrangulamiento debió durar unos cinco minutos, pero que a los 10 ó 15 segundos se produce la anoxia y que, "una vez efectuada la presión, durante 15 ó 20 segundos comienza a convulsionar y, si persiste la compresión, ya no recupera, lo que es incompatible con cualquier resultado no querido por el autor".

La agravante de parentesco queda constatada porque el acusado residía con la víctima. Ambos mantenían "una relación complicada donde las discusiones eran frecuentes, dada la preocupación que la madre tenía por el bajo rendimiento académico del acusado, resultando evidente que estos hechos se producen en el seno de la relación filoparental".

Más allá del internamiento cerrado, deberá estar otros tres años bajo libertad vigilada

La magistrada rechaza las alegaciones sobre la concurrencia de la eximente de trastorno mental transitorio reclamada por la defensa, porque de los informes psicológicos y psiquiátricos "no queda en modo alguno acreditado que el joven sufriera enfermedad alguna".

Es más, evidencia que la discusión entre víctima y autor se produce porque él insiste en volver al domicilio de Sevilla porque allí tiene conexión a Internet y que, al no prestarle su madre la atención que este le exigía, le tiró el teléfono por la ventana y le arrebató la vida. En este sentido, la jueza afirma que no ve "proporcionalidad entre el estímulo y la reacción".

Además de considerar que la reacción del adolescente fue "absolutamente desproporcionada", la titular de Menores no obvia que estranguló a su madre, "medio que requiere de una acción mantenida en el tiempo, destacando el estado de frialdad y tranquilidad que mostró con posterioridad a los hechos", por lo que descarta cualquier eximente o atenuante de trastorno mental transitorio o de arrebato.

La jueza añade que el menor se encuentra actualmente en régimen de internamiento cerrado, una medida que estima adecuada y en la que el homicida ya ha mostrado señales de recuperación, "encontrándose actualmente motivado por sus estudios, los cuales está superando con buenas calificaciones".

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