Entra en vigor la nueva ordenanza de veladores en bares y restaurantes de Huelva
Culmina la fase transitoria de adaptación de seis meses a la regulación de establecimientos en la capital, que deberán ceñirse desde este sábado a la regulación
¿Hasta qué hora podrán abrir los bares de Huelva con la aprobación de la nueva ordenanza de veladores ya en vigor?
Este sábado 13 de diciembre entra en vigor en Huelva la nueva ordenanza de veladores de restaurantes y cafeterías, que regula al sector del ocio y la hostelería onubense. Pasado el periodo establecido por el Ayuntamiento de Huelva para que los bares de la capital se adapten a la nueva regulación, los establecimientos ultiman las medidas que deben aplicar para acogerse a la normativa, como la señalización del área que pueden ocupar en la vía pública para las terrazas.
Hace tan solo un mes, el portavoz del equipo de gobierno y teniente de alcaldesa de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento, Felipe Arias, aseguraba que, desde que se aprobara el pasado mayo, "se han dado todas las facilidades" a los establecimientos hosteleros para que pudieran adaptarse a la nueva normativa, que es "fruto del consenso" y que "busca el equilibrio entre seguridad jurídica, protección medioambiental y los derechos de los ciudadanos".
Tras ser aprobada la Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con terrazas y otros elementos anexos antes de verano, el Consistorio llevó a cabo una serie de jornadas de formación con los hosteleros para explicarles en qué consiste la normativa, trasladarles, por la seguridad jurídica, las ventajas que tiene, así como cuáles son los cumplimientos que van a tenerse en cuenta a partir de ahora y los trámites asociados a la misma.
El presidente de la Asociación de Bares y Cafeterías (Bareca), Rafael Acevedo, ha asegurado a Huelva Información que han puesto a disposición de sus asociados "todos los recursos necesarios para facilitar la adaptación a la nueva normativa". "Incluso hemos firmado acuerdos con técnicos industriales especializados, con el objetivo de que los establecimientos puedan cumplir con las exigencias establecidas, garantizando al mismo tiempo condiciones económicas y técnicas favorables".
Acevedo ha recordado que "todos los establecimientos están obligados a cumplir la nueva normativa desde su publicación, tanto en lo relativo a horarios como a las condiciones técnicas de las terrazas", y ha subrayado la "disposición del sector a trabajar dentro del marco legal vigente". Por ello, explica, "muchos negocios ya han adelantado su adaptación antes de presentar la solicitud".
Esto es lo que regula la nueva ordenanza
Con la nueva ordenanza se regula el uso del espacio, estableciendo condiciones mínimas como las distancias y medidas de seguridad necesarias para garantizar la accesibilidad y la movilidad de todas las personas. Se controlará el aforo de acuerdo con las dimensiones del local y se protegerá contra la emisión de ruidos, "determinando que no sea compatible que haya música mientras se esté consumiendo en la terraza", explicaba Felipe Arias.
Uno de los aspectos clave serán los horarios: los bares y restaurantes que no dispongan de música ni de elementos audiovisuales podrán mantener abiertas sus terrazas hasta la 1:00 entre junio y septiembre, mientras que en el resto del año el cierre no superará la medianoche. En cuanto a los locales con música o equipos de amplificación, podrán acogerse a los mismos horarios, pero únicamente si estos equipos permanecen apagados durante todo el tiempo que ocupen la vía pública.
Además, se establecen otros requisitos, como la obligación de recoger el mobiliario al finalizar el uso de la terraza, evitando que quede en la calle.
En líneas generales, las terrazas deberán estar situadas frente a la fachada del establecimiento sin llegar a invadir la de otros inmuebles, con la salvedad de que exista una autorización expresa de los propietarios o comunidades afectadas. Además, los veladores no superarán una superficie de 100 metros cuadrados, salvo aquellas que puedan ampliarse en espacios amplios y singulares, si así lo estima el Consistorio, previa presentación de un proyecto justificativo.
Cada terraza deberá estar debidamente señalizada con un elemento de acero inoxidable en el pavimento "en cada uno de los vértices de la superficie autorizada", un coste que asumirá el solicitante. A su vez, en los referidos casos de terrazas mayores de 100 metros cuadrados, el Ayuntamiento podrá exigir servicios higiénicos adicionales. La normativa establece también que, si dos establecimientos enfrentados desean instalar veladores, deberán repartirse el espacio disponible proporcionalmente.
Lo que no deja lugar a dudas es que la ocupación no podrá interferir con elementos como garajes, portales, carriles bici o paradas de transporte público, ni dificultar el paso de vehículos de emergencia. En todos los casos, deberá mantenerse un paso libre de 1,80 metros para peatones y 3,5 metros para vehículos de emergencias y privados con acceso a garajes.
Además, las terrazas no podrán instalarse a menos de un metro de huecos de viviendas ni a menos de 80 centímetros del carril bici si no hay separación física. Está prohibida también su ubicación en zonas marítimo-terrestres o donde se impida la visibilidad de señales de tráfico o elementos de seguridad.
Son varias las prohibiciones que recoge la ordenanza, como la prohibición de la colocación de maquinaria, frigoríficos o vitrinas para la venta de helados y/o otros productos, máquinas expendedoras, máquinas de juegos y similares, así como tampoco se permitirá la colocación de mostradores, barbacoas, cubos de basura, cartelería, atriles u otros elementos no autorizados expresamente.
Tampoco se puede servir a la terraza de veladores, salvo el uso exclusivo por camareros, a través de ventanas abiertas en fachada ni se pueden instalar repisas u otros elementos que puedan servir de apoyo a copas, vasos o platos o que favorezcan la estancia de clientes de pie en el exterior.
Además, será obligatorio también instalar ceniceros o papeleras en cada velador, mientras que se prohíbe expresamente el uso de publicidad en el mobiliario de las terrazas. Son exigencias que, según el Ayuntamiento, podrán ampliarse a otras zonas de la ciudad, especialmente en áreas turísticas o de interés patrimonial, donde incluso se podrán aprobar diseños específicos de mobiliario urbano.
Rafael Acevedo destaca que "la nueva norma incorpora restricciones que suponen dificultades adicionales para un sector que ya opera bajo una elevada presión regulatoria", aunque admite que "estos cambios responden al Decreto 155/2018 de la Junta de Andalucía, que obliga a los Ayuntamientos a actualizar sus ordenanzas, y reconocemos que el Ayuntamiento de Huelva ha cumplido con este requisito".
"El sector siempre ha respondido con responsabilidad, inversión y esfuerzo para seguir ofreciendo el mejor servicio a sus clientes, y esta vez no será diferente", asegura el representante de los hosteleros. "Bareca seguirá defendiendo a todos los negocios que sostienen empleo y actividad económica en la ciudad de Huelva".
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