Huelva

Una empresa municipal de Sevilla y Eysa pugnan por la zona ORA de Huelva

  • La oferta de Aussa, participada por el ayuntamiento hispalense, presenta presunción de temeridad al superar la cantidad fijada en los pliegues mientras su competidora mejora en calidad y garantías

Un joven paga su estacionamiento en uno de los puntos de la zona ORA actualmente vigente en la capital.

Un joven paga su estacionamiento en uno de los puntos de la zona ORA actualmente vigente en la capital. / Josué Correa (Huelva)

Cinco empresas optan a hacerse con la gestión del estacionamiento regulado (zona ORA) y el servicio de grúas de Huelva, si bien solo dos de ellas se encuentran con serias opciones de obtener el contrato en base a la oferta presentada, según ha podido confirmar Huelva Información. La licitación de los aparcamientos de pago en la capital onubense encara el último tramo del proceso con Aussa y Eysa como las dos empresas con mayor posibilidades de conseguir el contrato público. Las otras tres propuestas entregadas por Dornier, Iberpark y Valoriza han quedado relegadas por obtener una menor calificación por el órgano de contratación correspondiente.

La licitación se abrió a principios de año con el objetivo de adjudicar el servicio a un nuevo operador con una duración de 15 años y para la gestión de 3.036 plazas de estacionamiento regulado en sus distintas modalidades, zona azul y naranja fundamentalmente en el centro y espacios de mayor actividad comercial de la capital. Con este fin, los pliegos del concurso contienen unos criterios objetivos (oferta económica y mejoras de las ofertas de los medios personales), y de un proyecto técnico.

Tras el envío de la documentación y la posterior evaluación, Aussa y Eysa han conseguido la mejor puntuación con un 49 y un 48,5 respectivamente, según ha podido confirmar este diario. Sin embargo, la oferta de Aussa, que tiene como accionista al Ayuntamiento de Sevilla y a Azvi, se encuentra en presunción de temeridad al superar la cantidad de 619.674,39 euros fijado en el pliego como límite de temeridad, según estas mismas fuentes lo que podría ser motivo de invalidez si no garantiza la viabilidad de su proposición económica. El dato además resulta llamativo al tratarse de una sociedad con participación municipal del consistorio hispalense, según indican fuentes cercanas al Consistorio, que además vería engrosar sus arcas con el pago por aparcar de los onubenses.

Las propuestas de Dornier, Iberpark y Valoriza han obtenido una menor puntuación

El Ayuntamiento de Huelva ya tuvo un precedente de oferta desproporcionada en el anterior concurso del año 2013 y rechazó tal propuesta, a pesar de que era la mejor oferta económica. En esta ocasión, si priman los criterios de calidad y estabilidad en el empleo será la mesa de contratación quien decidirá si opta por la oferta con riesgo de temeridad o se decanta por la propuesta de Eyssa, con unos parámetros económicos más sólidos, sostienen estas mismas fuentes.

La actual concesión de la Zona ORA de Huelva fue anulada por el TSJA al considerar, según reflejó la sentencia, que en el proceso se vulneraron las garantías legales y los principios de igualdad y transparencia. La empresa Iberpark, segunda en el concurso, lo denunció en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huelva, ante lo cual elevó el caso al TSJA, que revocó el fallo anterior y declaró la nulidad de la adjudicación. Según el Alto Tribunal andaluz, en el procedimiento se produjeron anomalías como la omisión de informes preceptivos cuyo contenido es determinante para la resolución. A ello se sumaron incumplimientos de las prescripciones legales de la Ley de Contratos, errores en la modalidad de la contratación o adjudicación del contrato porque, entre otras cuestiones, se obvió el informe de fiscalización. Además, el TSJA confirmó que el informe económico de valoración había sido ejecutado por un órgano sin competencias para ello. En cumplimiento del fallo quedó anulado el contrato por el Pleno en diciembre de 2018. El Supremo rechazó el recurso posterior de Dornier a esta sentencia. 

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