Huelva

Huelva se inicia en la desescalada con una primera fase preparatoria

  • Comercios con sistema de cita previa y recogida de pedidos en los establecimientos hosteleros

Preparación de un establecimiento hostelero para su reapertura.

Preparación de un establecimiento hostelero para su reapertura. / Josué Correa (Huelva)

Huelva se inicia hoy en el proceso de desescalada con la denominada fase cero con la cual se flexibilizan algunas de las restricciones del estado de alarma relacionadas con el comercio minorista y la hostelería , permitiendo la reactivación de su actividad, pero con ciertas limitaciones y siempre y cuando se cumplan las necesarias medidas de higiene y seguridad dirigidas a la protección de los clientes y trabajadores.

A los comercios y establecimientos hosteleros se unen aquellos servicios profesionales que requieren la apertura al público de locales como es el caso, entre otros, de peluquerías y centros de estética o fisioterapia y servicios de arreglos y reparaciones.

Respecto al comercio minorista y a los servicios profesionales, podrán reabrir los establecimientos y locales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma, a excepción de aquellos con una superficie de más de 400 metros cuadrados, así como los que tengan carácter de centro comercial o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente desde el exterior.

Los establecimientos comerciales o de servicios profesionales deberán funcionar con un sistema de cita previa que garantice la permanencia en su interior de un único cliente por cada trabajador. No se podrán habilitar zonas de espera.

Se debe garantizar la atención individualizada al cliente con la debida separación física, y en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.

Por otra parte, habrá un horario de atención preferente para los mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias marcadas para los paseos de este colectivo.

Todos los establecimientos podrán establecer sistemas de recogida de los productos adquiridos, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local o en su acceso.

En cuanto a las medidas de higiene, se realizarán, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones, y una de ellas se hará, obligatoriamente, al finalizar la jornada.

La distancia entre el vendedor o proveedor de servicios y el cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras, o de aproximadamente dos metros si no existen estos elementos.

En el caso de los servicios de profesionales que no permitan el mantenimiento de la distancia como es el caso de las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberán utilizar las medidas de protección individual oportunas.

El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar sus compras o recibir la prestación del servicio.

En los que sea posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo deberá señalarse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de cartelería. En todo caso, la atención a los clientes no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo trabajador.

Tanto en los comercios como en los establecimientos de servicios profesionales y hosteleros se deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos en la entrada del local y deberán estar siempre en condiciones de uso.

En los comercios que cuenten con zonas de autoservicio, deberá prestar el servicio un trabajador. En los establecimientos del sector comercial textil y de arreglos de ropa, los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán.

En el caso de se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, ésta deberá ser higienizada antes de ofrecérsela a otros clientes.

Por otra parte, las actividades de hostelería y restauración que se permiten son únicamente las del servicio de entrega a domicilio, a lo que se une ahora la posibilidad de recogida por el cliente del pedido en el establecimiento, pero queda prohibido el consumo en el interior de los barres y restaurantes.

El cliente realizará el pedido por teléfono y se fijará un horario de recogida, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento. Habrá un espacio habilitado y señalizado para la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago. Siempre deberá garantizarse la debida separación física, y cuando esto no sea posible, con la instalación de mostradores o mamparas.

Los establecimientos sólo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de los pedidos.

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