Culpable de asesinato con agravante el acusado por el atropello mortal de la reportera gráfica Alicia Rodríguez: "Por fin se ha hecho justicia"

"El jurado ha observado la existencia de dos agravantes, el de parentesco y el de alevosía. Todas las acusaciones han solicitado, en base a ese veredicto, la imposición de la pena de 20 años y un día de prisión"

Todo lo que se sabe del atropello mortal a la reportera gráfica Alicia Rodríguez, antes de que empiece el juicio

El acusado subiendo las escaleras.
El acusado subiendo las escaleras. / H.I.

El jurado popular ha declarado este martes, por unanimidad, culpable de asesinato con agravante de parentesco a M.Q.S., acusado del atropello mortal en Marmolejo (Jaén), en junio de 2021, de la reportera gráfica onubense, Alicia Rodríguez, de quién era pareja en el momento de los hechos, y quien se enfrentaba a penas de cárcel de entre dos y 28 años --en una horquilla que va desde peticiones por homicidio imprudente o asesinato con agravante--.

Al finalizar el juicio los familiares se mostraban "muy aliviados". El padre de la reportera gráfica, Santiago Rodríguez, que atendía a los medios tras conocer el veredicto del jurado popular, manifestaba que "lo que quería era justicia, de verdad", y "creo que por fin se ha hecho justicia". "Yo quería de verdad que pasara esto, una cosa así parecida, yo no quería nada más, por lo que estoy contento, y también contento por el trabajo del abogado y por sus amigos, porque son buenas personas", expresaba emocionado.

Por su parte, el abogado, Enrique Arroyo, señalaba que, aunque está satisfecho por "el trabajo que se ha realizado y el resultado que se ha obtenido, no se puede olvidar que es penosa esta situación porque es la muerte de una muchacha en la flor de su vida".

"Nos hemos encontrado en una situación bastante complicada y difícil a la hora de pedir la pena, aunque la verdadera pena que hay aquí es que no tenemos a Alicia, por lo demás, pues entiendo que se ha hecho justicia", comentaba.

El portavoz de la familia de la víctima, Rafael Gavilán, explicaba a Huelva Información que "el jurado ha observado la existencia de dos agravantes, el de parentesco y el de alevosía. Todas las acusaciones han solicitado, en relación con ese veredicto, la imposición de la pena de 20 años y un día de prisión. La Fiscal ha cambiado así su acusación al delito de asesinato con esos dos agravantes, solicitando 20 años y un día, petición a la que se ha sumado la acusación particular (el padre de Alicia) y las dos acusaciones populares (Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Huelva)".

Según expusieron en testificales los agentes de la Guardia Civil que llegaron primero al lugar de los hechos, el acusado estaba "nervioso y alterado", llegando uno de ellos a apuntar que, también "con actitud agresiva". Asimismo, indicaron que la noche era "oscura" y que el cuerpo de la víctima estaba "en medio del coche", con la cabeza "en dirección a la parte delantera, con la mano derecha hacia adelante y la izquierda hacia la izquierda del coche", así como que el cuerpo estaba "completamente plegado y con la pierna derecha arriba, flexionada en V hacia la parte delantera".

De otro lado, han explicado que a su llegada comprobaron que "no tenía pulso" y que tuvieron que sacarla de debajo del coche levantaron el mismo con un gato, ya que "estaba atrapada", al tiempo que han manifestado que el terreno "no era desnivelado", sino "relativamente llano".

Por su parte, el agente del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Jaén que realizó la inspección ocular de la zona y el atestado inicial del accidente al día siguiente del atropello mortal indicó que de la investigación practicada en la zona se desprende que "tuvo que haber intención de pisar el acelerador" para "sobrepasar el objeto" del atropello.

Al respecto, el agente apuntó que había huellas de "fricción" por aceleración del coche --Opel Insignia-- y que esas huellas iban en "línea recta" y "hacia adelante", así como que no se observó "intento de esquivar el obstáculo para salvarlo" y que "tuvo que acelerar al tenerlo debajo". Por ello, indicó que "tuvo que haber intención de pisar el acelerador" ya que "si no se pisa con fuerza el coche no hubiera avanzado por el obstáculo", por lo que el movimiento "era intencionado".

De la misma manera, el agente apuntó que, "si en lugar de ir el coche hacia adelante hubiera girado, las lesiones hubieran sido menores". Asimismo, a preguntas de la acusación particular, tanto este agente como otros dos señalaron que por la distancia del chasis del vehículo hasta el suelo "no cabía una persona" debajo del mismo.

Este mismo agente de tráfico indicó que se hizo una prueba en el lugar del atropello para comprobar si había un desnivel en el terreno y el coche podría haberse movido solo --ya que el acusado dijo en un primer momento que salió a orinar y al volver la halló debajo--, de forma que colocó una furgoneta "en punto muerto" y comprobó que "si alguien se colocaba delante, con la inclinación que había, se podía parar el vehículo", por lo que ha reafirmado que si el coche seguía hacia delante "tienen que acelerar para sobrepasar el objeto".

INFORME DE LA ERAT

Con respecto a las pruebas periciales, los agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (ERAT) de la Guardia Civil declararon que el vehículo de M.Q.S. "no presentaba ningún fallo mecánico", en referencia al sistema de seguridad activa del mismo --sensores acústicos de movimiento para detección de objetos--, así como que "no había posibilidad" de que el coche avanzara sin freno de mano y se ratificaron en las conclusiones del informe emitido tras la reconstrucción del atropello.

Los agentes señalaron que, conforme al relato del acusado, quien en una de sus declaraciones dijo que maniobró marcha atrás y luego hacia adelante, se hizo una reconstrucción de los hechos. De esta forma, tras colocarse uno de los agentes como conductor y dar primero marcha atrás, los sensores de la parte trasera se activaron con "un pitido fijo", activando también los de la parte delantera, toda vez que explicaron que probaron el sonido de la radio puesto a máxima potencia y los sensores "siempre se escuchaban por encima de la música".

Con respecto al terreno, han señalado que era "rural, baldío, con algo de hojarasca y piedras, sobre todo pequeñas" y que la zona de los hechos era un terreno "llano" y no "irregular", con una parte que presentaba un pequeño resalto, de forma que propició que el cuerpo de Alicia Rodríguez tuvo "mayor presión" y se "redujera el espacio" al encontrarse en los bajos del vehículo que presentaba una altura desde el cárter al suelo de unos 19 centímetros --el coche tiene unas medidas de 4,5 metros de largo y aproximadamente 1,5 de alto--.

En cuanto a la visibilidad, realizaron pruebas con una agente con las mismas características de la víctima, de manera que "parte de su cabeza era visible desde el interior" en la postura en la que se dedujo que podía estar Alicia Rodríguez en el momento del atropello --en cuclillas o agachada en el lado derecho del vehículo de forma oblicua--.

Asimismo, indicaron que para que el cuerpo sufriera las lesiones que refleja el informe forense con respecto al aplastamiento "tuvo que haber una aceleración compaginada con un ligero parón y con el juego del embrague para sobrepasar el cuerpo e introducirlo en los bajos", ya que ese espacio que era "muy cerrado" y "no había posibilidad de que el coche avanzara sin el freno de mano" y sobrepasara el objeto, sino que "había que acelerar". "Como el coche no puede superar el objeto retrocede y vuelve a embestir".

Además, explicaron que las lesiones son "graves" por "el contacto sostenido y el tiempo en el que estuvo" debajo del coche y no relacionado con la velocidad del mismo. Las pruebas se realizaron sobre un radio de acción de seis metros, tomando como referencia las huellas de fricción, el vómito hallado de Alicia Rodríguez y la posición en la que estaba su cuerpo y el coche cuando llegaron los agentes de la primera patrulla que se personó en la zona, porque "el vómito estaba en línea recta con la trayectoria del coche".

Al respecto, han explicado que había un desplazamiento desde un punto hasta el otro de 5,4 metros y que las huellas del coche indicaban que las ruedas estaban elevadas por la parte derecha, de forma que la fricción se encontraba del lado izquierdo y evidenciaban que "había un objeto que impide avanzar".

VERSIONES "INCOHERENTES"

Por otra parte, un agente de la unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil manifestó que las versiones de M.Q.S. sobre lo que había ocurrido eran "incoherentes", por lo que, con ello y las pruebas observadas, se determinó su detención, ya que creían que "el coche no se podía haber movido solo".

Así las cosas, en su declaración en sala, el acusado afirmó que no la vio "en ningún momento" cuando movió el coche, así como que "no notó" que hubiera algún obstáculo que impidiera el avance del coche más que "los típicos de terreno, ondulaciones y piedras", pero "nada fuera de lo común", toda vez que dijo que no escuchó "ningún pitido" de sensores, "solo el de la puerta abierta".

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