El Catálogo de Edificios y Elementos de Interés de Huelva incluirá el concepto de conservación preventiva
El Ayuntamiento modificará el documento, que data de 1999, y lo somete a información pública
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El Ayuntamiento de Huelva modificará el Catálogo de Edificios, Elementos y Espacios de Interés del Plan General de Ordenación Urbana e incorporará el concepto de conservación preventiva. Según se indica en el documento técnico elaborado para llevar a cabo esta modificación, que se ha sometido a consulta pública, desde la aprobación del catálogo en 1999, edificios emblemáticos incluidos en el mismo "se han visto sometidos al abandono constante; quedando en ocasiones mermada la capacidad de readaptación o recuperación". Se subraya que "la definición de la pormenorización de valores protegidos en cada caso es poco precisa", de ahí que se necesita "una especificidad de cuestiones técnicas que posibiliten la recuperación progresiva del patrimonio edificado, sobre una base normativa más clara y actualizada".
Se explica que la conservación preventiva o conjunto de estrategias de carácter técnico y de gestión que se aplican para prevenir el deterioro y garantizar la conservación material de los bienes culturales "debe incardinarse en los catálogos, e implica su actualización constante. Dichas estrategias conducirán a conocer particularmente el bien desde el punto de vista histórico, arqueológico, constructivo, tipológico y funcional, así como su evolución en el tiempo en base a los datos de archivo y diagnósticos disponibles en cada momento".
Con la modificación del Catálogo de Edificios, Elementos y Espacios de Interés de Huelva se contará con "un contenido más detallado de las definiciones de las diversos grados de protección", y se ofrecerá una normativa para ellos "que se adecua a los nuevos retos de rehabilitaciones amplias y menudas, propuestas edificatorias que revaloricen los edificios antiguos con los nuevos datos históricos obrantes tras investigaciones pormenorizadas de cada bien, más completas que cuando se redactaron las fichas vigentes, a finales de los noventa".
Se incide en el documento técnico en que en este tipo de catálogos se reúne "el conjunto de determinaciones en las que se recogen las valoraciones de los bienes inmuebles, de las partes de que constan, del entorno próximo en el que se ubican; vinculando su perfecta lectura en aras de la conservación y rehabilitación más adecuadas". Se recalca que esta catalogación resulta del estudio de los valores de aquellos elementos, arquitecturas, manifestaciones físicas culturales e instalaciones estructurantes del territorio, de su análisis y clasificación, a partir de los cuales, y tomando como base la estimación comparada permitan la inclusión y actualización de los mismos, añadiendo los bienes culturales inmuebles protegidos por Legislación Patrimonio Histórico Andaluz. Cada uno de los bienes inmuebles que forman parte del catálogo dispone de una ficha en la que se establece la valoración del mismo y la consecuente asignación de un nivel de protección, al que se vincula de modo singularizado un régimen normativo, mediante el cual se determina la capacidad de transformación del bien catalogado que sea compatible con la protección y conservación de sus valores, ajustándose a las determinaciones que implican las leyes y reglamentos en vigor.
Por otra parte, se destaca que las fichas de protección "deberán ser actualizadas mediante una revisión global del Catálogo del PGOU y una base de datos acorde con la situación física de cada inmueble al momento". Se señala que existen propuestas de catalogaciones nuevas en el área de Urbanismo, esperando su aceptación, "es por lo que, la presente modificación aporta un avance de catalogaciones, que expresa el compromiso de investigación y protección de los edificios y espacios enumerados en el mismo".
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