Huelva

Junta abonará 103.309 euros a un colegio al que no comunicó cese de ayuda a comedor

  • Según el tribunal "la decisión de la administración llevó al centro a considerar que se iban a seguir abonando los gastos"

Sede de la Consejería de Educación de la Junta en Sevilla.

Sede de la Consejería de Educación de la Junta en Sevilla. / M. G. (Huelva)

La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía abonará 103.309 euros en concepto de responsabilidad patrimonial a un centro concertado de Huelva en concepto de gastos de servicio de comedor del curso 2013-2014 ya que no le comunicó que cesaban las subvenciones para prestar el mismo.

El pago de la reclamación realizada por el centro escolar se llevará a efecto después de que el Consejo Consultivo de Andalucía haya dictaminado, en una resolución preceptivo dada la cuantía reclamada, favorablemente la propuesta de resolución estimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, en el procedimiento tramitado por la consejería, incoado a instancia de entidad titular del centro.

En el dictamen, al que ha tenido acceso Efe, se precisa que el centro escolar reclamante se ubica en una zona social y económicamente desfavorecida cuyo alumnado se encuentra en situación de grave desventaja económica y social y, en un alto porcentaje, en riesgo de exclusión social, y fue reconocido por ello como Centro de compensatoria. Durante cinco cursos escolares, se benefició por esa razón expuesta, del abono de los gastos del servicio de comedor en virtud de convenios celebrados con la Administración educativa.

Sin embargo, como consecuencia de los reparos de la Intervención al sistema ideado, por considerar que el régimen subvencional era el que debió utilizarse y no instrumentar la ayuda a través de convenios, el centro iba a de percibir tales ayudas, pero siguió prestando gratuitamente el servicio de comedor, sin que se le advirtiera por la Administración de la imposibilidad de seguir operando como hasta entonces.

El Consejo considera ajustada a derecho la propuesta de resolución, que admite que ha sido el proceder de la Administración, al no comunicar formalmente y de forma indubitada que no se iba a seguir abonando en el futuro los gastos del centro relativos al servicio de comedor la causa que ha ocasionado el daño reclamado, provocando que el centro incurriera en la confianza legítima de que iban a continuar siendo sufragados por aquélla.

Por ello, entiende que ha de considerarse acreditada la relación de causalidad entre el "funcionamiento del servicio" y el daño por el que se reclama.

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