Huelva

Un hombre es condenado por quintuplicar la tasa de alcohol permitida al volante

  • La Audiencia refrenda la sentencia que le retiró el carné año y medio y lo multó con 1.080€

La calle Cigüeña de la capital onubense, en la barriada de Marismas del Odiel.

La calle Cigüeña de la capital onubense, en la barriada de Marismas del Odiel. / Google Maps (Huelva)

La Sección Tercera de la Audiencia de Huelva ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un hombre condenado por el Juzgado de lo Penal 1 de Huelva a una multa de 1.080 euros por conducir quintuplicando la tasa máxima de alcohol permitida.

En la sentencia del órgano colegiado, a la que ha accedido Huelva Información, se da por probado que este hombre transitaba con un vehículo el pasado 9 de noviembre por la calle Cigüeña de la capital, en la barriada de Marismas del Odiel.

Era en torno a las 1:00 cuando circulaba “en forma de zig zag” y “tras haber ingerido bebidas alcohólicas que mermaron sus facultades psicofísicas en orden a una segura y correcta circulación”. Fueron unos agentes de la Policía Nacional los que observaron cómo daba bandazos por la carretera y le dieron el alto, dando aviso inmediato a sus compañeros de la Policía Local.

Estos últimos se personaron en la calle Cigüeña y lo requirieron para que se sometiera a las pruebas de alcoholemia. Cuando el acusado sopló en el etilómetro, este arrojó un resultado de 1,30 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, es decir, más de cinco veces más de la tasa máxima permitida en la legislación actual, fijada en 0,25 miligramos por litro de aire si no se es un profesional o se tiene menos de dos años de carné, en cuyo caso sería de 0,15 miligramos. Unos 13 minutos más tarde, a las 1:25, cuando se le practicó por segunda vez la prueba, dio un poco menos, 1,17 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Destaca además en el relato de hecho probado que este hombre “presentaba síntomas de embriaguez tales como habla pastosa, ojos brillantes, deambulación inestable y fuerte olor a alcohol”.

Se da por probado que el acusado conducía haciendo zig zag por la calle Cigüeña de Huelva

El juez lo condenó, como se ha dicho, a responder con una multa de 1.080 euros por un delito contra la seguridad del tráfico en su modalidad de conducción de vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, le impuso las costas y le retiró el carné durante un año y medio.

Sin embargo, el acusado no se conformó con la condena y acudió a la Audiencia con la pretensión de que se estimara un recurso que su defensa apoyaba en la tesis de que él no era el conductor del coche.

La Sala presidida por Esteban Brito considera, por contra, que “los hechos debatidos y que han servido para apoyar los hechos probados de la sentencia criticada resultan claros en extremo”.

Los magistrados entienden que “es cierto que se pudo traer a juicio a los agentes de Policía Nacional que vieron cómo el vehículo que conducía el acusado avanzaba en zig zag, que lo detuvieron y estimaron necesario hacerle la prueba de alcoholemia a quien era su conductor”, no obstante, estiman que el policía local que sí intervino en la vista “da cumplida referencia de todos estos hechos, afirmando además que en ese momento inicial el acusado no llegó a mencionar que no condujese el vehículo”.

Asimismo, el tribunal onubense resalta que “hemos de inferir necesariamente que el acusado se encontraba bajo los efectos de bebidas alcohólicas y que su capacidad para conducir estaba afectada, con el consiguiente riesgo para el tráfico, habida cuenta de la tasa de impregnación alcohólica que arrojara la prueba alcoholímetra que le fue realizada (1,30 y 1,17)”.

Recuerda que el Código Penal sanciona la tasa que rebase los 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Así que como este individuo había “sobrepasado ciertos niveles etílicos”, no le cabe duda de que “se produce una influencia del estado de intoxicación sobre la conducción”, por lo que desestima por completo el recurso de apelación y confirma la sentencia del Juzgado de lo penal 1 de Huelva.

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