Tribunales

Condenado a 22 años de cárcel por abusos sexuales a los nietos menores de su pareja en Huelva

Imagen de archivo de una menor en un colegio.

Imagen de archivo de una menor en un colegio. / Julio González

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a un hombre a 22 años de prisión por abusar sexualmente de los nietos de su pareja sentimental, un niño y una niña, durante años y desde que estos tenían 10 y menos de 9 años, respectivamente.

La sentencia considera probado que el acusado mantuvo una relación sentimental con una mujer, abuela de dos menores, un niño nacido en 2003 y una niña nacida en 2006, formando parte de su núcleo familiar desde al menos el año 2013 hasta el año 2017, prevaliéndose de esta circunstancia de integración en la familia para hacerlos víctimas de agresiones y abusos sexuales, durante, al menos, ese período temporal.

Respecto al niño, los abusos comenzaron cuanto él tenía 10 años en el domicilio en el que residían el acusado, su hijo y su pareja, a la que el menor acudía de visita.

Este, cuando se encontraba a solas con el niño se desnudaba y obligaba a hacerlo al menor, al que conminaba a masturbarlo, y posteriormente a penetrarlo analmente; los tocamientos cesaron después de que la abuela los viera un día desde el pasillo y tras preguntarle que hacía, él respondió que jugar.

Respecto a la niña, los abusos tuvieron lugar entre 2015 y 2017, cuando convivieron en el mismo domicilio y antes de esa fecha, aprovechando las visitas de la menor al mismo, contando ésta cuando empezaron los hechos con menos de 9 años, realizándole tocamientos y otras prácticas sexuales movido por su deseo libidinoso.

En ambos casos el procesado actuaba aprovechándose de la diferencia de edad y su integración en el ámbito familiar.

La Audiencia lo considera responsable de dos delitos continuados de abuso sexual, por el que le impone dos penas de once años y un día de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros y a comunicarse con ninguna de los víctimas durante 12 años y 1 día; cumpliéndose la pena de prisión y las prohibiciones antes citadas por el condenado de forma simultánea.

Asimismo, por cada una de las penas, se le impone la medida de libertad vigilada durante cinco años; también por cada uno de los delitos se le inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión o comercio en el que tenga relación con menores, por tiempo de tres; todo ello una vez cumplida la pena privativa de libertad.

En concepto de responsabilidad civil, indemnizará a las víctimas en 3.000 euros, a cada uno de ellos, por daños morales.

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