Huelva

La Audiencia impone a los acusados del crimen de El Campillo penas de entre 14,5 y 25 años de prisión

  • Tras el veredicto de culpabilidad del jurado, la Sala condena a los encausados por delitos de asesinato, robo con violencia y robo con fuerza 

La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a penas de entre 14 años y 6 meses de cárcel y 25 años y 3 meses de prisión a los cuatro varones acusados de asesinar a José Rachón, de 78 años y que trabajaba de guardés en la finca Calero de El Campillo, en septiembre de 2016, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado mes de febrero.
Como ha avanzado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a través de un comunicado, uno de los acusados ha sido condenado a 25 años y 3 meses de cárcel, dos de ellos tendrán que cumplir 24 años y medio de prisión, y el último de los encausados ha sido condenado a 14 años y 6 meses de cárcel.
 
En la sentencia, la Audiencia condena a uno de los acusados a veinte años y un día de prisión por un delito de asesinato con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de drogadicción; a cuatro años, tres meses y un día de cárcel por un delito de robo con violencia con las agravantes de abuso de superioridad y reincidencia y la atenuante de drogadicción; y a un año de cárcel por un delito de robo con fuerza en las cosas con la atenuante de drogadicción.
 
Asimismo, condena a otro de los encausados a veinte años y un día de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de abuso de superioridad y las atenuantes de drogadicción y reparación del daño; a tres años, seis meses y un día de prisión por un delito de robo con violencia con las mismas atenuantes y agravantes, y a un año de cárcel por un delito de robo con fuerza en las cosas con la agravante de reincidencia y la atenuante de drogadicción.
 
La Audiencia impone esta misma pena de prisión a un tercer acusado, aunque en este caso no aplica la atenuante de reparación del daño, mientras que al último de los encausados le impone once años y seis meses de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de abuso de superioridad y las atenuantes de drogadicción, reparación del daño como muy cualificada y de colaboración con la Justicia; dos años y seis meses de prisión por un delito de robo con violencia con esas mismas agravantes y atenuantes, y a seis meses de cárcel por un delito de robo con fuerza en las cosas con esas tres atenuantes.
 
De igual modo, impone a los acusados la pena accesoria por tiempo de diez años de privación del derecho a residir o acudir al lugar donde vivan los dos hijos de la víctima, así como la prohibición de comunicarse o aproximarse a los mismos durante el tiempo de la condena. Además, deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 90.000 euros a los herederos del cónyuge del fallecido y en 80.000 euros a cada uno de sus hijos, así como con 254,20 euros por los daños causados en la piscina municipal de El Campillo, donde robaron distintos objetos instantes antes de cometer el asesinato.
 
A estas cantidades deberán aplicarse las consignaciones ya efectuadas por dos de los acusados por un montante total cercano a los 38.000 euros y a los que, en virtud de ello, se les ha aplicado la atenuante de reparación del daño.
La Audiencia, de otro lado, absuelve a los encausados de los delitos de omisión del deber de socorro y contra la integridad moral que les imputaba la acusación particular ejercida por los hijos del finado.
 
En su veredicto, el jurado consideró probado que los cuatro encausados se reunieron sobre las 00:00 del día 1 de septiembre de 2016 en la vivienda de uno de los investigados y, “puestos de común acuerdo”, decidieron acudir a la finca de El Campillo donde, según las informaciones obtenidas por uno de los condenados, el guardés de dicha finca “tenía guardada una importante suma de dinero”, todo ello “con el fin de apropiarse de ella ilícitamente”.
 
Los acusados, en compañía de un menor de edad, emprendieron el camino a pie y, al llegar a la altura de la piscina municipal de El Campillo, accedieron a la misma tras quebrar la puerta de entrada al recinto y rompieron la ventana de acceso al ambigú, donde se apoderaron de comida y bebida, habiendo sido valorado todo ello en 254,20 euros.

El fallecido fue “maltratado y golpeado reiteradamente”

La sentencia indica que, una vez abandonada la piscina municipal, los acusados depositaron los objetos sustraídos en una cuneta cercana y emprendieron la marcha hacia la finca, llegando al exterior de la misma sobre las 4:00 y acercándose entonces a la casetilla de aperos que servía de vivienda del guardés, donde se escondieron detrás de la puerta.
 
En ese momento, uno de los acusados llamó a la puerta y la víctima salió de la casetilla con un palo de fregona en señal de defensa, momento en el que uno de los condenados le propinó un “fuerte” puñetazo que lo hizo caer hacia delante, quedando tendido bocabajo e inconsciente, tras lo que “fue maltratado y golpeado reiteradamente para que dijese dónde se encontraba el dinero”.
 
“Puestos de común acuerdo”, los encausados le golpearon con un palo en la espalda y en la cabeza, le pisaron las costillas y le amenazaron con cortarle una oreja con un cuchillo de grandes dimensiones, durando la “agonía” de la víctima hasta cerca de las 7:00 del día 1 de septiembre de 2016, cuando, tras registrar toda la vivienda, los acusados decidieron abandonarla, “dejando al anciano tirado en la puerta de la casa con un hilo de vida”. La víctima falleció instantes más tarde a causa de un shock traumático e hipovolémico secundario a politraumatismos.
 
Según consideró probado el jurado, los acusados, que cometieron los hechos a causa de su adicción a sustancias tóxicas, cocaína y derivados de anfetamina, se apropiaron de dos motosierras, una televisión de plasma, varias cajas de tabaco, el DNI y la cartilla bancaria del fallecido.
 

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