Huelva

Absuelto el acusado de abusar de su sobrina nieta cuando era menor en Huelva

Palacio de Justicia de Huelva.

Palacio de Justicia de Huelva. / M. G. (Huelva)

La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a un hombre para el que la Fiscalía solicitaba seis años de prisión por un delito de abuso sexual a su sobrina nieta cuando esta tenía unos seis años, al entender que no ha quedado acreditado con "certeza y seguridad" que cometiera los hechos.

La sentencia considera probado que en junio de 2022 la madre de la menor presentó denuncia en la Comisaría de Policía de Huelva exponiendo que su hija, sobrina nieta del acusado, le contó que cuando tenía aproximadamente 6-7 años, en las ocasiones que acudían a la tienda de comestibles que regentaba una hija del mismo, este "le bajaba los pantalones y le efectuaba tocamientos en distintas partes de su cuerpo", no constando la realidad de esos tocamientos de carácter sexual por parte del acusado.

Precisa la Audiencia que de las pruebas practicadas en el acto del juicio y valoradas conforme a Ley "no ha quedado acreditado con la seguridad y certeza que requiere todo pronunciamiento penal condenatorio, la comisión por este hombre del delito continuado de abuso sexual por el que ha sido acusado por el Ministerio Fiscal".

Señala que el acusado ha negado en todo momento los hechos que se le imputan, declarando que su sobrina iba en ocasiones con su hija menor a visitarles a la tienda que regentaba su hija pero negó haber realizado tocamiento a la menor en ninguna de las veces que fueron. Añadió que hubo una época en la que incluso madre e hija estuvieron viviendo con él y que posteriormente tuvieron problemas porque su hija acusó a la madre de la menor de un desfalco en la tienda y ahí terminó la relación.

En cuanto al relato de la víctima, indica el tribunal que "en principio no pueden descartarse motivaciones espurias" y añade que "debe hacerse referencia a la discusión que tuvieron las familias y derivó en la rotura de relaciones" y que "los episodios de abusos sexuales que relata son difusos en cuanto a las ocasiones, edad y tiempo en que se produjeron", con contradicciones tanto en instrucción como en el juicio. Por tanto, "sin que en absoluto se considere que la menor haya faltado a la verdad, desde la perspectiva de este Tribunal debemos concluir que en el supuesto de autos, las pruebas practicadas no permiten sustentar un pronunciamiento condenatorio del acusado".

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