España

El Supremo, a favor del indulto parcial para el delator de la Gürtel

  • José Luis Peñas, ex concejal del PP de Majadahonda, podría así seguir trabajando para el Ayuntamiento de Madrid, ya que se le conmutarían las dos penas de inhabilitación absoluta para cargo público.

José Luis Peñas, el delator de la Gurtel.

José Luis Peñas, el delator de la Gurtel. / EFE

El Tribunal Supremo ha informado a favor de que el Gobierno conceda un indulto parcial a José Luis Peñas, el ex concejal del PP de Majadahonda (Madrid) que desveló la trama Gürtel, lo que le permitiría seguir trabajando de funcionario en el Ayuntamiento de Madrid.

Peñas fue condenado por delitos de asociación ilícita, cohecho, falsedad documental, fraude, malversación de caudales públicos y prevaricación, con la atenuante de confesión, a 4 años y 9 meses de prisión; 5 años y 1 mes de inhabilitación absoluta; 7 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público y 130.600 euros de multas.

En concreto, el Supremo avala que se le conmuten las dos penas de inhabilitación absoluta que le fueron impuestas por otras de inhabilitación especial para cargos públicos de libre designación o elección, lo que le permitiría seguir trabajando como empleado público en el Ayuntamiento de Madrid y garantizar el sustento económico de su familia.

Peñas pidió el indulto al Ejecutivo una vez que el Supremo modificó ligeramente algunas condenas cuando analizó los recursos de casación contra la sentencia dela Audiencia Nacional, motivo por el cual es el órgano jurisdiccional que debe emitir el informe.

Argumentaba que gracias a su colaboración se había podido destapar la mayor trama de corrupción político empresarial conocida en España en los últimos años al presentar una denuncia y aportar conversaciones con el cabecilla de la trama, Francisco Correa.

No se pronuncia sobre la pena de cárcel

La Sala sigue el criterio del fiscal, que respalda el indulto parcial por razones de justicia, equidad y utilidad pública, como exige la Ley del Indulto, y por el arrepentimiento del condenado.

El fiscal expresa en su informe la falta de protección de los denunciantes en España, a diferencia de lo que sucede en el derecho comparado en el que la figura del “whistleblower” (delator o arrepentido) es reconocida y protegida, además de destacar una directiva comunitaria sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

La Fiscalía destaca que el cumplimiento de inhabilitación absoluta en el caso de Peñas significaría la pérdida de su trabajo, lo que supondría para él una aflicción desmedida e innecesaria, mientras que el indulto parcial le permitiría no perder la condición de funcionario público y seguir como ordenanza en el Ayuntamiento.

Ahora bien, ni el Supremo ni la Fiscalía se pronuncian en sus informes sobre la pena de prisión a la que fue condenado y por la que no ha llegado a entrar en prisión, ya que se encuentra suspendida a petición del propio condenado.

Por otra parte, el Supremo se opone como ya hizo anteriormente la Fiscalía a la concesión de un indulto parcial a Carmen Rodríguez, ex mujer de Correa, condenada por el alto tribunal a 17 años y 8 meses de prisión. Los informes del Supremo y de la Fiscalía son preceptivos pero no vinculantes para el Ejecutivo, que será el que decida.

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