Provincia

Anuladas las convocatorias de director de Unidad de Gestión Clínica

El Juzgado número 2 ha anulado la convocatoria de los cargos intermedios de las unidades de gestión clínica de Riotinto y de Cortegana, al entender que permite el acceso a personas ajenas a la función pública, vulnerando con ello el artículo 23.1 de la Constitución. Ambas sentencias, de reciente fallo, vuelven a dar la razón al Sindicato de Enfermería (Satse) de Huelva, como ya sucedió recientemente en el caso de la unidad de gestión clínica de La Palma del Condado.

Para Satse, "se deduce de las sentencias que a dichos puestos de dirección sólo pueden acceder empleados con vinculación funcionarial o estatutaria y, por tanto, con plaza en propiedad en la administración pública y que han superado el pertinente proceso selectivo debidamente regido por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad", destaca Satse, "detalle de gran importancia que el SAS viene obviando sistemáticamente en cada una de las convocatorias", advierte.

Asimismo, el juez argumenta, en ambos casos, que al permitir que accedan a dichos cargos personas sin vinculación previa con la Administración, se están vulnerando artículos ya derogados por el propio Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y por el Tribunal Supremo.

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