Provincia

Archivada la causa contra el secretario municipal por apropiación indebida

  • La Audiencia considera que cobró de forma lícita el dinero por los servicios realizados en un proceso judicial

La sección tercera de la Audiciencia Provincial de Huelva ha archivado la causa contra el sececretario accidental del Ayuntamiento de Punta Umbría, Manuel Jesús Feria, abierta por un supuesto delito de apropiación indebida.

Feria fue imputado por el titular del juzgado de instrucción número 4 por el cobro de la factura de un jucio en el que representó en calidad de letrado y asesor jurídico al Ayuntamiento puntaumbrieño y que no llegó a depositar en la cuenta municipal. La Guardia Civil abrió previamente una investigación para esclarecer el destino final del montante resultante del desenlace de un juicio que ganó el Consistorio costero en 2004 cuando contaba con la representación legal de Feria, y José Carlos Hernández Cansino era el alcalde. Inicialmente, el juzgado le atribuyó un supuesto delito de prevarición y otro de apropiación indebida.

Según el auto de la sección tercera, el dinero que recibió el letrado como pago de sus servicios prestados en la dirección técnica del proceso judicial que le fue encargado por el Ayuntamiento no constituye un delito de apropiación indebida, ya que el letrado actuó "en la creencia de estar en el derecho de liquidar la minuta en la forma en que lo efectuó" y además el Ayuntamiento "estuvo de acuerdo" en la disposición que del dinero de las costas del juicio realizó el letrado.

También indica el auto que en las actuaciones consta un informe del tesorero del Consistorio en el que se señala que el dinero no debían ser objeto de ingreso en la tesorería municipal por corresponder a los profesionales que llevaron en caso en concepto de sus honorarios.

Así, la sección tercera entiende que "no se aprecia la concurrencia del delito imputado", ya que no se trata de una cantidad dineraria que recibió para ser devuelta y que hubiera retenido con el objeto de incorporarlo ilícitamente a su patrimonio, sino de una cantidad por prestar sus servicios profesionales y además con el consentimiento del Ayuntamiento por lo que no puede hablarse de un delito de apropiación indebida.

El propio Consistorio puntumbrieño defendió la honorabilidad del secretario, al entender que los ingresos fueron cobrados de manera completamente legal, porque además las actuaciones estuvieron avaladas por los respectivos informes técnicos y jurídicos.

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