Provincia

Vivir con 426 euros y una deuda por estafa

  • La Junta de Andalucía inicia el segundo procedimiento de expropiación de inmueble a un banco en Huelva

Incredulidad y una satisfacción "enorme" dibujaban ayer los rostros de María Rocío Huelva (58 años) y su marido Juan González García (60). La orden de desahucio que amenazaba con dejarles en la calle junto con su hijo mayor (35) y su hija (27), madre soltera que tiene a su cargo su retoño de tres años, quedaba en suspenso gracias al Decreto Ley de Función Social de la Vivienda.

Tras una enorme singladura, papeleos y esperanzas frustradas, por fin los surcos de las lágrimas en sus mejillas delataban sentimientos de felicidad, la de evitar perder todo su patrimonio: la vivienda que poseen desde 1990 en la calle Nuevo Mundo de Almonte.

Una bocanada de vida que les llegaba a través de los medios de comunicación que le informaban de que no era un sueño. Que, en efecto, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) incluía a su familia como beneficiaria del decreto, en virtud del cual la ejecución hipotecaria que se desarrolla en el Juzgado de Primera Instancia de La Palma del Condado queda en suspenso, a la par que se inicia contra la entidad bancaria un proceso de expropiación temporal del uso.

Se trata de la segunda familia en la provincia que se beneficia de esta medida, cuya petición a canalizado la plataforma 15-M, a quien la vecina almonteña quiso agradecer "por todos los trámites" y "apoyo" recibido para frenar un lanzamiento que se encontraba programado para el 27 de mayo.

Pero no sólo ha sido la crisis el único factor determinante para llegar a alcanzar una deuda bancaria que actualmente asciende a 190.000 euros, superando con ello ampliamente el valor de la propia vivienda. En concreto, la vecina almonteña explica que el préstamo lo contrajeron en 1998, cuando un abogado de la empresa en que ejerció su marido durante cinco años les aconsejó pedir un préstamo hipotecario con el fin de reformar la vivienda y aprovechar de paso para adquirir un vehículo nuevo con el que acudir al trabajo.

Sin embargo, "nos engañó y casi la mitad del dinero se lo quedó sin gastarlo nosotros". Sin comerlo ni beberlo, la "estafa" les dejó inmersos con unas obligaciones que, en cualquier caso, eran asumibles, de no ser por la irrupción en escena del estallido de la burbuja inmobiliaria. A González lo despidieron de ferrallista y no pudo hacer frente a las letras. Una utopía, más ahora que vive con los 426 euros de la Renta Activa de Inserción, que está destinada a parados de larga duración y mayores de 45 años.

A través de una nota de prensa la delegada de Fomento y Vivienda en Huelva, María Villaverde, señaló que ha quedado acreditado que "la familia cumple los requisitos económicos y sociales para acogerse a la medida" y que, en consecuencia, "su desahucio provocaría su exclusión social".

Los trámites determinan que ahora la institución autonómica demandará la titularidad del inmueble, tras brindar un plazo de 15 días a la entidad bancaria para presentar alegaciones que suelen ir encaminadas a tratar de demostrar que se han ofrecido alternativas de pago. En cualquier caso, la Junta de Andalucía se reserva la potestad de no aceptar estos argumentos y establecer un justiprecio, emitiendo el preceptivo informe técnico de la Dirección General de Vivienda.

Villaverde explicó que este tipo de medidas "despliegan toda su vocación social, de protección de las víctimas de la crisis y de las personas en riesgo de exclusión social". En paralelo, destacó el "giro" de las políticas desde que Elena Cortés se hizo con las riendas de la consejería, teniendo como fruto iniciativas como el Decreto Ley, las oficinas antidesahucios del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda y la conversión al alquiler.

El Decreto Ley no está al alcance de todas las familias sacudidas por la crisis. Para ello es necesario que las deudas con las entidades de crédito tengan un origen hipotecario, es decir, se hayan producido para financiar la residencia habitual.

Por otra parte, los beneficiarios deben acreditar que el desalojo del inmueble puede generar una "situación de exclusión social", informe que ha de venir acreditado por los servicios sociales de los ayuntamientos; así como que esos impagos vinieron sobrevenidos a raíz de la crisis económica y como consecuencia directa de un importante menoscabo de los ingresos, debido a una situación de endeudamiento sobrevenido respecto a las condiciones y circunstancias en las que se concedió el préstamo.

En consonancia con este espíritu de la ley, es necesario constatar que la hipoteca se haya "multiplicado al menos por 1,5 y represente más de un tercio de los ingresos familiares. De otro lado, los potenciales beneficiarios no pueden superar tres veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (Iprem).

La Junta explica que el objetivo principal es contribuir a "aflorar el arrendamiento del parque residencial" existente en la comunidad autónoma y que actualmente se encuentra desocupado. Para ello se establece "un sistema de ayudas, que se detallarán en el futuro Plan Andaluz de Vivienda y Rehabilitación, dirigidas a las personas físicas propietarias de inmuebles vacíos. Asimismo se contempla un régimen de sanciones de hasta 9.000 euros para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que no destinen al arrendamiento su excedente residencial.

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