Regulación de las estaciones de servicio

Urbanismo apuesta por el PGOU para alejar las gasolineras de las viviendas

  • La intención es extrapolar a los suelos terciarios e industriales la normativa que regula su instalación

  • Una ley estatal prohíbe al Ayuntamiento fijar las condiciones, lo que es interpretado por el gobierno como un torpedo a la autonomía local

Dos vehículos circulan a la altura de la gasolinera de la calle Torneo.

Dos vehículos circulan a la altura de la gasolinera de la calle Torneo. / Antonio Pizarro

En la agenda de Juan Espadas hay varios temas que se encuentran atascados por las dudas que genera en los servicios jurídicos municipales o su dependencia a que el Estado realice un cambio en la normativa. El gobierno socialista sigue buscando la fórmula idónea para impedir que se construyan más gasolineras junto a viviendas. Tras varios meses estudiando las limitaciones, prohibiciones y condiciones que pueden imponerse para evitar su apertura en zonas residenciales, los técnicos meditan utilizar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para que no se produzcan más casos como la autorización ineludible para levantar un surtidor en el número 5 de la avenida Manuel Siurot.

El vigente PGOU contempla una regulación detallada de las condiciones de establecimiento y localización de las estaciones de servicio. En el documento se exige que las instalaciones se ubiquen dentro de los suelos calificados como protección de viario y en aquellos expresamente previstos por el planeamiento para gasolineras que cumplan las siguientes condiciones: una distancia de cincuenta metros a las edificaciones existentes o parcelas previstas en el planeamiento de uso residencial, dotacional o terciario; una distancia mínima a otras instalaciones de suministro existente de quinientos metros; una adecuación al entorno urbano; una parcela mínima de mil metros cuadrados; y una previsión de medidas compensatorias dirigidas a la mejora del medio urbano natural.

El plan general prevé que únicamente podrán autorizarse las gasolineras en parcelas privadas cuando se trate de instalaciones exclusivas, aisladas, en solares sin edificios medianeros y que estén expresamente señalados en los planos, o bien mediante concesión administrativa en espacios públicos anexos al sistema viario (como en los casos de Marqués de Paradas o el Paseo de Cristóbal Colón) por un tiempo máximo de 15 años y una cláusula expresa de rescate. “Las estaciones de servicio que se instalen en suelo urbanizable deberán estar previstas expresamente en el plan parcial dela Gerencia de Urbanismo”.

Este rígido sistema vigente para la implantación de puntos de abastecimiento de carburantes en la ciudad ha quebrado con las modificaciones introducidas hace siete años en la legislación con unas medidas de apoyo al emprendedor que fue avalada por una sentencia del Tribunal Constitucional de 2017. El Real Decreto-Ley impide que los instrumentos de planificación territorial y urbanística regulen aspectos técnicos de las instalaciones dedicadas a la distribución al por menor de carburantes o exijan una tecnología concreta. Además, determina la compatibilidad de los usos del suelo ya previstos para actividades comerciales individuales o agrupadas, centros comerciales, parques comerciales, establecimientos de inspección técnica de vehículos y zonas o polígonos industriales, con la actividad propia de las estaciones de servicio.

En la práctica se pretende equiparar el uso de abastecimiento de combustible a usos que supongan la elaboración, venta y suministro de diversidad de bienes y servicios que no requieren de un reconocimiento explícito en el planeamiento y que quedan englobados en usos genéricos como comercial o industrial. Esto es interpretado por el gobierno de Espadas como un auténtico torpedo a la autonomía municipal.

El plan general fija en 50 metros la distancia mínima entre los pisos y los surtidores

Los servicios jurídicos entienden que la resolución del Tribunal Constitucional no impide al Ayuntamiento o la Junta de Andalucía el ejercicio de competencias urbanísticas en relación con las estaciones de servicio. “Desde esta perspectiva podrían regularse condiciones urbanísticas para el establecimiento de estaciones de servicios distintas a las de calificación del suelo, siempre que esta instalación se permita en suelos con usos industriales o comerciales. La sentencia establece que la regulación que realiza la ley la hace bajo la competencia de la planificación general de la economía o al establecimiento de las bases en materia energética, sin que ello pueda impedir al Consistorio o al gobierno andaluz el ejercicio de sus competencias urbanísticas”.

¿Cuál es el planteamiento de los técnicos ante este embrollo jurídico? Meditan utilizar el plan general para alejar las gasolineras de las viviendas extrapolando al resto de suelos (terciarios e industrial) la normativa que fija una serie de condiciones para las estaciones de servicio como la necesidad de una distancia mínima con determinados edificios. Esta es la solución que han encontrado ante la imposibilidad de fijar unos criterios urbanísticos al Real Decreto 4/2013. A los interesados se les impondrá unas limitaciones, en ningún caso se podrá prohibir su construcción. “Estamos hilando muy fino para ver si podemos aplicar esos criterios del PGOU a todas las gasolineras”, reconocen en Urbanismo.

El camino más corto sería que el gobierno de Pedro Sánchez realice un cambio legislativo que permita a los Ayuntamientos adoptar los acuerdos que, en cada caso, estimasen más adecuados para salvaguardar los intereses generales. El grupo político municipal más preocupado por la cercanía de las gasolineras a las viviendas es Adelante Sevilla. Hace unos días expusieron la necesidad de un cambio estatal de la normativa por el efecto negativo para la salud, y alertaron de una solicitud para levantar una estación de servicio junto a un parque infantil dentro de un suelo comercial en el Cerro del Águila.

La última licencia concedida por la Gerencia para construir una gasolinera junto a los pisos de La Estrella fue en plena campaña electoral municipal. El proyecto vinculado a una actividad de restaurante de comida rápida con acceso de vehículos contempla dos surtidores, depósitos, una marquesina, la adecuación de un local para oficina y tienda, y la urbanización del espacio libre de la parcela para acondicionar el área de repostaje y los accesos de la avenida Manuel Siurot.

Varios vehículos repostan en la gasolinera de la Ronda de Capuchinos, que se encuentra a escasos metros de varios bloques de viviendas. Varios vehículos repostan en la gasolinera de la Ronda de Capuchinos, que se encuentra a escasos metros de varios bloques de viviendas.

Varios vehículos repostan en la gasolinera de la Ronda de Capuchinos, que se encuentra a escasos metros de varios bloques de viviendas. / Belén Vargas

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