Primera sentencia condenatoria en Huelva por venta fraudulenta de jamones

Considera probado un delito continuado de "falsedad en documento mercantil"

DOP Jabugo señala que el cambio de DOP Guijuelo "banaliza la calidad" y "confunde al consumidor"

Jamones
Jamones / M.G.
S.H.

16 de enero 2026 - 11:47

La Guardia Civil y el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Jabugo logran la primera sentencia condenatoria por "venta fraudulenta" de jamones. El Seprona de la Comandancia de la Guardia Civil en Huelva inició diligencias policiales por la supuesta comisión de varios ilícitos penales con motivo de la venta fraudulenta de jamones y paletas en un establecimiento de la localidad de Jabugo. La Guardia Civil concluyó en la investigación desarrollada que se había estado "reetiquetando ilegalmente jamones y paletas, utilizando el término Jabugo en el etiquetado que se incorporaba al producto".

Atendiendo al procedimiento operativo existente, en virtud del Convenio de Cooperación suscrito por la Guardia Civil y la Asociación Española de Denominaciones de Origen (Origen España), se puso en conocimiento del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Jabugo la existencia de las pesquisas realizadas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para su personación en las actuaciones penales a que pudiera dar lugar.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aracena inició un procedimiento de diligencias previas para esclarecer los hechos, personándose el Consejo Regulador de la DOP Jabugo” en éste y ejerciendo la acusación particular. Finalmente, el Juzgado de lo Penal nº 2 de Huelva ha dictado sentencia firme de conformidad entre el Ministerio Fiscal, acusación particular y defensa, en virtud de la cual se condena a J.G.C. como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares del artículo 392 1 en relación con el artículo 390.1.2º y 74 del Código Penal.

La sentencia declara probado que el acusado J.G.C. es el administrador único de la empresa Ibercapricho S.L. con domicilio social en la localidad de Jabugo "y durante al menos, los meses de enero a marzo de 2022 reetiquetó una serie de partidas de jamones y paletas. El condenado colocaba la etiqueta de las empresas Ibercapricho S.L.., Comtrayga S.L. y Corteibero y su número de Registro General Sanitario de Establecimientos Alimentarios y Alimentos (RGSFAA), sobre la etiqueta de otras entidades mercantiles, sin estar autorizado para ello".

La sentencia impone al condenado, en primer lugar, la pena de 21 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 9 meses de multa, con cuota diaria de 6 euros. En segundo lugar, al pago de las costas incluyendo las de la acusación particular. Si bien suspendió la ejecución de la pena de prisión impuesta, condicionada a que no vuelva a delinquir en el plazo indicado.

Los hechos relatados son una buena muestra del compromiso de la Guardia Civil, Origen España y el propio Consejo Regulador de la DOP Jabugo con la protección de las figuras de calidad agroalimentaria, de acuerdo con la legislación vigente. El Consejo Regulador permanecerá vigilante para emprender las acciones necesarias para la defensa del nombre protegido, evitando así el uso del término geográfico Jabugo en productos que no tengan derecho a ello y garantizando, además, el derecho de los consumidores a recibir una información veraz y leal sobre los productos alimentarios.

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