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Esta playa es mía

  • Dos sevillanos afirman, por una donación del siglo XIII, que una parte de Matalascañas es del Ayuntamiento hispalense

Llamamos en una redacción serpiente de verano a informaciones que en cualquier otra época del año apenas ocuparían el espacio de un breve, una nota. Incluso algunas irían a parar directamente a la papelera. No es que sean irrelevantes, pueden tener su gracia, su recorrido, y hasta crear polémica y dar a luz encendidos debates. En esta era de redes sociales y opinadores -mayormente propensos a la histeria y la cólera- de todo y sobre todo creciendo como champiñones cualquier asunto cobra una enjundia que en otra época no habría pasado del chascarrillo.

Viene ocurriendo desde hace unos días con las playas. ¿De quién son las playas? ¿Sobre quién recae su propiedad? Bien, las playas pertenecen al término municipal en el que se encuentran. Esto es tan de perogrullo que no hay más que hablar. Por ejemplo, Valdelagrana pertenece a El Puerto de Santa María (Cádiz). Bien. La del Camarón a Chipiona (Cádiz). Bien también. En la primera tienen su segunda vivienda numerosos jerezanos y esta circunstancia llevó hace muchos a los alcaldes (entonces) de ambas ciudades -Hernán Díaz y Pedro Pacheco- a mantener una absurda trifulca jaleada por los hooligans con los que por aquella época contaban los dos regidores. El carácter bocazas de ambos fue determinante. Nadie puede discutir la titularidad portuense de esa playa. En la segunda pasan su verano centenares de sevillanos. Chipiona es -de esto no hay la menor duda- una suerte de colonia hispalense. Los chipioneros lo saben: la mayoría lo tiene muy (bien) asumido, pues viven el resto del año gracias a esa invasión; otros, quizá, y tal vez azuzados por no se sabe muy bien qué corriente ultralocalista sacan a relucir últimamente cierta aversión al veraneante. La sangre, sin embargo, nunca llega a la orilla.

El documento recoge que Alfonso X el Sabio donó a Sevilla unos terrenos en Almonte

Y como la de Valdelagrana y la del Camarón, está la de Matalascañas, que pertenece a Almonte y es algo que nadie discute. Un momento...

Hay quien sostiene que no es así. Son dos sevillanos, claro. Y con tiempo. Uno es un funcionario jubilado, Gabino Carranza Márquez, y el otro un abogado, José María Font Ortiz. Han debido zambullirse en un mar de legajos porque buceando dicen haber encontrado una donación del siglo XIII que, esgrimen, demuestra que Matalascañas no es del todo almonteña, que hay un trozo sevillano. Y así, enarbolando el documento, Carranza Márquez y Font Ortiz -una suerte de Lewis y Clark hispalenses- han pedido al Ayuntamiento que gobierna el socialista Juan Espadas que reclame la propiedad de esa zona de Matalascañas. No hay cursiva que valga en la sevillanía de ese enclave de la playa. Es una sevillanía, para Carranza Márquez y Font Ortiz, redonda.

Ambos basan su petición en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales en el que se sustenta la petición de unas 150 hectáreas de una playa colindante con los terrenos de la finca del Antiguo Coto Ibarra, cerca de la Torre de la Higuera, en el término municipal de Almonte. Según Font Ortiz, la reclamación se argumenta en una donación realizada en el siglo XIII al Ayuntamiento de Sevilla por parte del rey Alfonso X El Sabio, unos terrenos que nunca fueron devueltos a Almonte.

En el estudio de estos dos sevillanos se recoge que los terrenos no fueron incluidos en la Desamortización del siglo XIX, que devolvió a sus propietarios algunas de las tierras entregadas siglos atrás por la Corona, con lo que seguirían siendo propiedad de Sevilla. Se trata de lo que en su día se denominó el Cazadero Real, más tarde llamado Coto de Doñana, entregado por Alfonso X a la ciudad de Sevilla en 1255. Como en el siglo XIX los terrenos no volvieron a manos del Ayuntamiento de Almonte, el abogado dice que se ha planteado la petición "como marca la ley, de modo que se ha abierto el protocolo para que la autoridad municipal sea la que lo denuncie".

"Esto no es una reivindicación para alterar los límites provinciales ni nada de eso", le ha dicho Font a Efe . Y agrega: "Es como si se descubre un piso en mitad de Logroño que es propiedad del Ayuntamiento de Sevilla, eso no alteraría el plano de la ciudad, del mismo modo que si esto se resuelve a favor del Ayuntamiento de Sevilla, el mapa de Andalucía seguiría siendo el mismo, pero habría una propiedad sevillana que se puede regalar o se puede vender". La ley, recuerda Font, contempla incluso una compensación al denunciante de este caso, aunque ha sostenido que no hay motivación alguna en la petición que han elevado al Ayuntamiento.

El Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado en 1986 contempla la entrega del 10 % del valor líquido de lo obtenido en una hipotética enajenación de los terrenos.

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