Condenado a tres años de cárcel por encallar una lancha con 137 kilos de hachís en Doñana

El acusado pilotaba una embarcación de recreo de seis metros de eslora y, a la altura de la playa del Parque Nacional de Doñana, la lancha quedó encallada en la arena, obligando al tripulante a huir a pie

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Imagen de archivo de una embarcación con droga incautada por la Guardia Civil. / EFE

La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a tres años y tres meses de prisión a un hombre que fue sorprendido en febrero de 2025 tras encallar su embarcación cargada con 137 kilos de hachís en la playa del Parque Nacional de Doñana, en Almonte.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, lo considera responsable de un delito contra la salud pública con los agravantes de notoria importancia y extrema gravedad por el uso de embarcación, por el que además de la pena de prisión le impone el pago de dos multas que suman más de 1,6 millones de euros.

Se considera probado que la mañana del 14 de febrero de 2025, el acusado pilotaba una embarcación de recreo de seis metros de eslora y, a la altura de la playa del Parque Nacional de Doñana, la lancha quedó encallada en la arena, obligando al tripulante a huir a pie.

Agentes del Seprona de la Guardia Civil lo localizaron poco después mientras caminaba por la orilla en dirección a Matalascañas. Su vestimenta -botas de agua y ropa completamente mojada- y el hecho de portar un kilogramo de hachís encima levantaron las sospechas de los agentes, quienes hallaron en la embarcación abandonada otros cuatro fardos de arpillera.

Tras el pesaje oficial y el análisis de laboratorio, la sustancia resultó ser resina de cannabis. El peso total de la droga recuperada fue de 137,14 kilogramos con un valor estimado en el mercado ilícito de 822.840 euros.

El tribunal ha rebajado la pena de 4 años y 8 meses de prisión solicitada por la Fiscalía al aplicarle las atenuantes de drogadicción, ya que se ha acreditado que el acusado era consumidor habitual y que traficaba para financiar su adicción; y la de confesión tardía, pues el acusado reconoció los hechos antes de la celebración del juicio.

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