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El TSJA ratifica que las parcelas de las dos torres son Patrimonio Municipal del Suelo de Punta Umbría

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de apelación del Ayuntamiento costero

Cartel anunciador del Residencial William Martin.

Cartel anunciador del Residencial William Martin. / H. Información (Huelva)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Punta Umbría contra la sentencia del 27 de febrero de 2019 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Huelva que anulaba el acuerdo de pleno de 29 de noviembre de 2017 por el que se inscribían una serie de parcelas en el registro del Patrimonio Municipal del Suelo de Punta Umbría.

La sentencia del TSJA, que condena al Consistorio a las costas, considera que todas las parcelas del término de Punta Umbría están integradas en el Patrimonio Municipal del Suelo.

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Huelva anuló inicialmente el proyecto de las dos torres (Residencial William Martin) al ser esos terrenos integrantes del PMS, no se podía desarrollar ese proyecto pues vulnera el artículo 75 de la LOUA.

Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha admitido el desistimiento del Ayuntamiento en la causa por la adjudicación de las parcelas en las se iba a desarrollar el proyecto residencial.

El TSJA avala el dictamen del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Huelva

Dicho desestimiento se refiere al recurso de apelación presentado en su día contra la decisión del Juzgado de anular el procedimiento de enajenación de los terrenos; al mismo también se sumó la empresa promotora Riaumbría Towers, al no tener sentido mantener el recurso ante el TSJA teniendo en cuenta que la venta del suelo fue un procedimiento público que realizó el propio Ayuntamiento puntaumbrieño.

Riaumbría Towers ha avanzado que continúa adelante con todos los procedimientos abiertos para defender sus intereses como empresa adjudicataria de la venta de estos suelos, apuntando que los servicios jurídicos de la empresa han presentado un Recurso de Reposición contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento en el que éste acordó allanarse en la demanda interpuesta en el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 3 de Huelva, y cuyo objeto es la anulación de la adjudicación a la entidad Riaumbría Towers de las parcelas en las que iba a desarrollarse el proyecto.

La empresa ha expresado así formalmente los perjuicios económicos que supone para su actividad que el Ayuntamiento acepte ahora la nulidad de dicho acuerdo de adjudicación de los terrenos que en su día fue aprobado.

Riaumbría Towers anunció su intención de trasladar también al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Huelva un escrito de oposición a este allanamiento planteado por el Consistorio de la localidad costera solicitando que por interés público se dicte sentencia desestimatoria.

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