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Ventajas comerciales para Mazagón como Zona de Gran Afluencia Turística

Panorámica de la playa de Mazagón.

Panorámica de la playa de Mazagón. / H. I. (Huelva)

Mazagón, junto a la localidad gaditana de Barbate, logra la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística que otorga el Consejo Andaluz de Comercio. La decisión adoptada este martes supone que los comercios minoristas de la localidad tienen plena libertad para la designación de los días y los horarios de apertura en las áreas declaradas y durante la Semana Santa (desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección) además de a lo largo del verano (del 1 de junio al 30 de septiembre).

Moguer ya contaba con este reconocimiento previamente y, debido a la finalización de su vigencia, ha formalizado nuevamente su declaración. La nueva figura recoge la aplicación de esta figura a Mazagón también para Semana Santa y el periodo estival. La concesión del reconocimiento se justifica porque en ambas fechas la localidad cumple con la exigencia estipulada de que el número de pernoctaciones diarias en media diaria anual en los establecimientos turísticos (1.734 estancias) debe ser superior al 5% de su población empadronada, que se fija en 1.088.

En esos periodos se observa una mayor afluencia turística, demostrada tanto por los datos de residuos sólidos urbanos de los años 2017, 2018 y 2019 aportados por el Ayuntamiento, como por las estadísticas de estancias producidas en dichas fechas durante esos tres años, coincidiendo con el turismo vacacional o de playa. Así, tomando como referencia la media de pernoctaciones correspondientes a la Costa de la Luz, en la que está integrada Moguer, en los meses de verano estas se llegan a multiplicar hasta por 20, pasando de 35.285 en diciembre a 690.555 en agosto.

Este municipio también alberga varios bienes inmuebles declarados como el Monasterio de Santa Clara, Casa Museo Zenobia y Juan Ramón Jiménez o el centro histórico.

Además de esta declaración que afecta a Mazagón y a Barbate, el Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado por mayoría el calendario de apertura comercial autorizada de domingos y festivos para 2023, que suma 16 días en aplicación del Decreto Ley de Mejora y Simplificación de la Regulación para el Fomento de la Actividad Productiva en Andalucía. Esa decisión se ha adoptado en el pleno de dicho órgano consultivo, en el que están representadas, además de la Junta de Andalucía, las principales asociaciones empresariales representativas del sector comercial, sindicales y de consumidores, los municipios y provincias de Andalucía y toda la red cameral.

El pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha dado luz verde a los días 2 y 8 de enero, 6 y 30 de abril, 2 y 30 de julio, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 y 26 de noviembre y 3, 8, 10, 17, 24 y 31 de diciembre.

En la elección de los domingos y festivos en los que los establecimientos pueden abrir se ha tenido en cuenta de forma prioritaria el atractivo comercial de estos días para las personas consumidoras. Para ello, se han seguido los siguientes criterios establecidos en la Ley para su determinación: la apertura de al menos un día festivo cuando coincidan dos o más continuados o la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales. También se ha valorado, de acuerdo con la normativa, abrir en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la comunidad o de la campaña de Navidad y de Reyes.

Dicho calendario será de aplicación solo para los comercios con una superficie útil de exposición y venta superior a los 300 metros cuadrados, los establecimientos con unas dimensiones inferiores mantienen la autorización de apertura para cualquier domingo o festivo. Esta decisión será ratificada mediante orden del consejero de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Rogelio Velasco, que se publicará en BOJA en los próximos días.

Los ayuntamientos tendrán la oportunidad de solicitar la permuta de hasta dos domingos y festivos de 2023 por otros que a efectos comerciales interesen más a la localidad. Será la Consejería de Transformación Económica la que resuelva dichas peticiones, previo informe del Consejo Andaluz de Comercio. La decisión tendrá que ser comunicada al ayuntamiento solicitante y publicada también en BOJA.

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