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Eximen a la Mancomunidad de Servicios de Huelva del pago de 20.400 euros por un vertido al río Múrtigas

  • El TSJA estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la MAS

Río Múrtigas.

Río Múrtigas. / H. Información (La Nava)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha eximido a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva (MAS) del pago de 20.400 euros impuesto por la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) en el marco de un procedimiento sancionador por un vertido de aguas residuales al río Múrtigas.

En una sentencia, el TSJA estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la MAS contra la resolución de agosto del 2019 del organismo de cuenca que desestimaba el recurso frente a una anterior que impuso a la recurrente el pago de una multa 13.600 euros, la obligación de indemnizar los daños al dominio público hidráulico en la suma de 6.818,90 euros, y la prohibición de vertidos.

Ello, por la comisión de una infracción administrativa prevista en la Ley de Aguas y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Los hechos imputados consistieron en un "vertido de aguas residuales procedentes de la aglomeración urbana La Nava, al río Múrtigas sin la correspondiente autorización administrativa, en término municipal de La Nava".

La MAS alegaba en su recurso la caducidad del expediente toda vez que incoado el procedimiento sancionador el 11 de junio de 2018 y la resolución se le notificó el 24 de junio de 2019, pasando el año establecido en la ley para resolver y notificar en los procedimientos sancionadores y otras actuaciones referentes al dominio público hidráulico.

El motivo es estimado por el TSJA lo que le lleva a anular la resolución administrativa por ser disconformes con el ordenamiento jurídico e imponer las costas a la Administración

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