Municipal

La Cámara de Cuentas observa incumplimientos del Ayuntamiento de Almonte en 2021

Fachada del Ayuntamiento de Almonte.

Fachada del Ayuntamiento de Almonte.

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha recomendado al Ayuntamiento de Almonte la instauración de procedimientos que permitan garantizar la exactitud en el cálculo de las principales magnitudes económicas presupuestadas, relacionadas con su endeudamiento financiero. El informe emitido es producto de la fiscalización a la que ha sido sometido el Consistorio almonteño relativa a su ejercicio de 2021, con el anterior equipo de gobierno, junto a los ayuntamientos de Arcos de la Frontera y Barbate, en la provincia de Cádiz, y de Los Palacios y Villafranca, en Sevilla.

Esta fiscalización se ha planteado, según indica el resumen del informe de la Cámara de Cuentas al que ha tenido acceso este periódico, como una auditoría financiera y de cumplimiento de legalidad correspondiente al ejercicio de 2021. En las conclusiones, el Pleno de la Cámara ha emitido una opinión financiera con salvedades para el Ayuntamiento de Almonte, que significa que el endeudamiento financiero registrado en sus cuentas anuales refleja, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel de la situación financiera al cierre del ejercicio de 2021, así como de sus resultados y flujos de efectivo correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha, excepto por una “incorrección detectada”: “Al cierre del ejercicio fiscalizado no tenía registrado en sus estados financieros un importe de 692.611,50 euros correspondiente a las obligaciones de pago por devoluciones de la Participación de Tributos del Estado.

Igualmente, la Cámara ha emitido una "opinión de cumplimiento desfavorable”, debido a que, en el caso de Almonte y el resto de ayuntamientos fiscalizados, las operaciones de endeudamiento realizadas en el ejercicio de 2021 no resultan conformes con el marco normativo aplicable.

Los principales incumplimientos de legalidad que la fundamentan se deben a que “a la fecha de finalización de los trabajos de campo no han rendido la Cuenta General del ejercicio 2021” por su aprobación en Pleno.

Tampoco ninguna de las entidades mercantiles que dependen del Ayuntamiento de Almonte han aprobado sus cuentas anuales en el citado ejercicio. Y, además, se ha detectado en la revisión realizada, que los informes de intervención sobre las operaciones de formalización de préstamos suscritos por el Consistorio almonteño no incluyen un pronunciamiento expreso sobre el cumplimiento del principio de prudencia financiera.

También se observa que ninguno de los informes de intervención emitidos sobre las operaciones de préstamo formalizadas evalúa la capacidad futura de la Corporación para hacer frente a las obligaciones concertadas. Tampoco consta que Almonte calcule el importe de la deuda viva de forma previa a la formalización de la operación.

La Cámara de Cuentas anota que no consta autorización, ni informes de intervención, sobre los préstamos que en ejercicios anteriores fueron formalizados por los entes dependientes del Ayuntamiento de Almonte, que al cierre del ejercicio fiscalizado tienen registrados saldos por 626.580,37 euros.

Además, en el informe se detalla que ninguna de las entidades fiscalizadas (Almonte entre ellas) tiene aprobado un plan de tesorería conforme a lo estipulado en la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Y por último, una infracción de la Ley de Transparencia de Andalucía, ya que el Ayuntamiento de Almonte publica en su portal de transparencia su deuda viva pero no la información sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y periodo medio de pago.

Recomendaciones de la Cámara de Cuentas

En líneas generales, y para los ayuntamientos fiscalizados en el ejercicio de 2021, la Cámara de Cuentas de Andalucía establece una serie de recomendaciones propuestas. La primera de ellas pasa por implantar las medidas necesarias que permitan realizar una adecuada planificación, gestión y control de los plazos legales de remisión de información a la Cámara de Cuentas.

Por otro lado, realizar las medidas necesarias para mejorar la organización y el control interno en la tramitación de los expedientes, de forma que permitan garantizar la exactitud e integridad de su contenido y su revisión con posterioridad a su tramitación.

Además, recomienda identificar, revisar y analizar aquellos saldos deudores en cuentas contables de naturaleza acreedora para proceder, en su caso, a su correspondiente regularización y que éstos no desvirtúen los estados financieros.

Y por último, instaurar aquellos procedimientos que permitan garantizar la exactitud en el cálculo de las principales magnitudes económicas presupuestarias relacionadas con el endeudamiento financiero.

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