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La Audiencia eleva la extracción ilegal de agua en La Borrachuela a delito medioambiental y endurece las penas

  • La Justicia atiende el recurso de la Fiscalía e incrementa las condenas de los acusados a dos años de cárcel. El Ministerio Público toma como referencia el caso Prestige para su dictamen

La Audiencia eleva la extracción de agua en La Borrachuela a delito medioambiental y endurece las penas

La Audiencia eleva la extracción de agua en La Borrachuela a delito medioambiental y endurece las penas / Josué Correa (Huelva)

La extracción ilegal de agua en los pozos del acuífero 27 del entorno de Doñana es un delito medioambiental. Así lo concluye la Audiencia Provincial de Huelva al aceptar el recurso presentado por la Fiscalía a la sentencia del caso La Borrachuela. La Justicia admite la consideración de las infracciones solicitadas por el fiscal del caso y en consecuencia incrementa las penas a los condenados, que en su día fueron sentenciados por un delito de extracción ilegal de aguas a seis meses de multa. La nueva condena eleva las penas a dos años de cárcel y multa de ocho meses a razón de 10 euros diarios para los dos encargados condenados y a las sociedades a multas de un año a razón de 10 euros diarios.

La decisión sienta un claro precedente que marcará el devenir de las numerosas causas pendientes. La resolución del caso La Borrachuela abre un nuevo escenario para las causas pendientes por extracción de aguas y pozos ilegales en todo el marco protegido de Doñana. Al admitir que los hechos constituyen delitos medioambientales se incrementa la gravedad de los mismos.

La Audiencia, tras estimar el recurso de apelación de la Fiscalía contra la sentencia de primera instancia, condena por el artículo 325 del Código Penal como solicitaba el Ministerio Fiscal, que refiere además a la sentencia del famoso caso ‘Prestige’, donde se ponía de relieve “la creación de una situación de peligro grave que no precisa de lesión efectiva”. La Audiencia considera que el riesgo real para Doñana y el desequilibrio medioambiental es suficiente para aplicar la pena que el código penal recoge para el daño al entorno natural, su fauna o su flora y más en un espacio que goza de las máximas protecciones nacionales e internacional por su valor ecológico. La sentencia considera acreditado “que durante los años 2009, 2010, 2011 y 2012, se ha llevado a cabo una distracción del caudal público de aguas no autorizado con un importante cálculo de volúmenes en la gestión de la finca la Borrachuela dedicada al cultivo de frutos rojos situada en la cabecera del Arroyo de la Rocina, que realiza importantes aportes al acuífero de Doñana, por parte de los acusados al frente de las empresas que ambos dirigían”. Igualmente, entiende que concurre “la creación de una situación de peligro grave para el bien jurídico protegido, como consecuencia de la realización de la actividad ilícita: la aptitud o posibilidad de perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales”.

La decisión marcará el camino de las causas similares pendientes de ser juzgadas

“En este caso parece insoslayable referir la conducta no solo al tiempo continuado durante cuatro años, y al volumen de la aguas detraídas para fines particulares sustrayéndolas del público uso, sino a la localización excepcional de la finca que tiene aportes hídricos al acuífero de Doñana y por eso la magnitud no sólo cuantitativa sino cualitativa del espacio que se pone en riesgo”, argumenta la sentencia. Ese al que, según la sentencia, “no otorgan protección los responsables de la administración”. “Pero esa conducta pública que según la sentencia no es objeto de enjuiciamiento, no puede eclipsar la responsabilidad de los particulares que realizan actividades como la acreditada”, explica la resolución.

La decisión tiene un profundo alcance, en cuanto que afectará a las numerosas causas pendientes. Desde 2007 a esta parte, la batalla judicial contra la extracción ilegal del agua ya se ha saldado con 36 sentencias condenatorias. Siguen pendientes, sin embargo, buena parte de “las causas más importantes derivadas de la denuncia de WWF por el robo del agua y de la investigación de la Fiscalía de Sala y del Seprona”. El fiscal Alfredo Flores señaló el pasado 1 de julio a este diario que la sentencia del La Borrachuela sería esencial para el futuro judicial estas causas porque sentaría un precedente sobre los que construir las acusaciones y los recursos pertinentes. La Audiencia ya ha fijado el camino al considerar que debe ser considerado un delito medioambiental al que corresponden penas mayores que por el de extracción ilegal de agua, como había sido el aplicado hasta ahora.

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