Huelva

Los tribunales reconocen el contagio Covid de una enfermera en Huelva como enfermedad profesional

  • El sindicato Satse destaca que el fallo crea un precedente en la provincia además de dotar de mayor protección a los sanitarios

Profesionales en el interior de un centro sanitario durante la pandemia.

Profesionales en el interior de un centro sanitario durante la pandemia. / H. I.

Una enfermera contagiada por covid a consecuencia de su labor asistencial en el Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva ha logrado que le sea reconocida la enfermedad profesional por parte del Juzgado de los Social número 3. Así lo ha defenido la Asesoría del Sindicato de Enfermería, Satse, en la provincia, que rechazaa por tanto que se tratara de una enfermedad común. La profesional inició el proceso de incapacidad temporal el 23 de marzo de 2020, hasta el 14 de abril del mismo año.

El 10 de mayo de 2021, la enfermera instó a que se tramitara un expediente administrativo para el proceso de incapacidad temporal. Este se inició el 23 de marzo de 2020 sin que constara resolución expresa del mismo. El 15 de julio de 2021 presentó un escrito de reclamación previa frente al eventual desestimiento de la solicitud anterior por silencio administrativo. Finalmente, el 6 de octubre de 2021 se presentó la demanda en el Decanato de los juzgados de Huelva.

El Juzgado de lo Social número 3 de Huelva considera “acreditado (elemento de hecho no discutido por ninguna de las partes) que la demandante contrajo el virus de la COVID-19 en su puesto de trabajo de enfermera del Hospital Juan Ramón Jiménez de Hueva”. Por tanto, da la razón a la sanitaria frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Servicio Andaluz de Salud al fallar a su favor en la reclamación por determinación de contingencia de proceso de incapacidad temporal como derivado de enfermedad profesional.

Satse destaca que con este reconocimiento ha conseguido abrir un espacio para continuar defendiendo a las enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas contagiados por Covid durante el ejercicio de su actividad asistencial. Además, desde el sindicato se indica que el hecho de que sea calificada como enfermedad profesional supone un aumento de la protección para el trabajador en el supuesto que precise una adaptación de puesto de trabajo, acceder a una incapacidad temporal o jubilación, como consecuencia de las lesiones o secuelas que pudiera originar en la salud del profesional.

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