El SAS abonará 228.000 euros a un paciente de Huelva al que se le operó de un cáncer que no tenía

Se sometió a una operación quirúrgica innecesaria que le ha dejado secuelas

Un especialista del Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva, entre los mejores valorados de España

Entrada del Hospital Juan Ramón Jiménez de la capital.
Entrada del Hospital Juan Ramón Jiménez de la capital. / M.G

El Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva, centro del Servicio Andaluz de Salud (SAS), abonará 228.096,45 euros a un paciente al que se le diagnosticó un cáncer de próstata inexistente al examinar una muestra que no era suya, de modo que se sometió a una operación quirúrgica innecesaria que le ha dejado secuelas.

El Consejo Consultivo de Andalucía, haya dictaminado favorablemente la propuesta de resolución estimatoria parcial realizada por el SAS a la reclamación de responsabilidad patrimonial de la administración, formulada por el paciente, que inicialmente solicitaba 551.133,25 euros.

En el dictamen del Consejo, al que ha tenido acceso EFE, se precisa que la parte reclamante denunciaba que se cometió un error al examinar una muestra que no era suya, por lo que se le diagnosticó un cáncer inexistente y se sometió a una intervención quirúrgica innecesaria que, además, le ha producido una serie de secuelas.

Desde el Consultivo se apunta que en el expediente se constata claramente que se cometió ese error en la identificación de las muestras de la biopsia prostática realizada el 8 de julio de 2020, lo que llevó a que el paciente se sometiera a una intervención no indicada y ello con independencia de este optara por la intervención quirúrgica en vez de por la radioterapia, pues es una opción legítima dado que se le ofreció entre las diferentes posibilidades.

Así lo reconoce el dictamen de la facultativa adscrita al Servicio de Gerencia de Riesgos y así se recoge y acoge en la propuesta de resolución que, por ello, es estimatoria. Por tanto, ha de considerarse acreditada la relación de causalidad entre la asistencia prestada y el daño por el que se reclama.

En cuanto a la indemnización, el Consultivo considera razonable la fijada por la administración autonómica que propone pagar 228.096 euros frente a los 551.133 euros que pedía el afectado "sin base legal clara".

Para calcular el pago, se ha tenido en cuenta, los días de baja -6 días graves y 367 días de recuperación moderada-, las secuelas como puntuación máxima por depresión y disfunción eréctil, además de valorar la incontinencia urinaria, y el daño moral que cifra en 91.447 euros por el impacto en su felicidad y calidad de vida.

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